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  • REAJUSTE CON FALLO CHOCOBAR.. COSA JUZGADA??

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #551103  por Loneliness
 
Necesitaria que alguien pudiera ayudarme, necesito saber si tengo toda la informacion que debo tener y si estoy actuando correctamente.
Un señor de 80 años Jubilado en el año 1992 coforme ley 18.037, habiendose establecido un haber inicial de $238,93.
Inicia reclamo ante anses por reajuste, anses deniega, inicia accion judicial. Obtiene sentencia de 1ra instancia año 2001 donde se aplica Chocobar desde 92 a 95 y manda ajustar el haber en adelante según art 7 ley 24463. La representacion letrada de ese momento apela, y la sala III confirma sentencia en febrero de 2003. Recien a mediados de 2009 cobró un retroactivo de $6.000.
Acá se presentan mis primeras dudas:
a) Más allá del retroactivo pagado, el haber del jubilado debió haber mejorado? _Hoy en dia su haber es de $1308

Acude este señor a consultarme, porque compañeros suyos han cobrado sumas superiores a lo que el ha percibido. Inicio por tanto reclamo administrativo por Fallo Badaro y Berón.
Anses denegó por cosa juzgada como intuía.
Voy a instar la acción judicial y surgen estas dudas:
a) mas alla de la movilidad solicitada, no he pedido recomposición del haber inciarl en el reclamo adminsitrativo. Puedo solicitarlo ahora en instancia judicial. Como se recompone el haber?
b) Que fallos existen en referencia a la cosa juzgada, en cuanto a la solicitud de Badaro en casos con sentencia Chocobar?
c) Que viabilidad ven aqui la solicitud de medida cautelar atento la edad del peticionante
d) Que más debo solicitar como para que quede bien completa la acción?? inconstucionalidad de arts?? fallos?

Muchas gracias por toda colaboracion!!
 #551115  por SIPOL82
 
Si tenés varios casos, por el tema de cosa juzgada. Buscá Taladrid Teolindo c/ anses s/ reajustes varios de sala II, PODÉS SOLICITAR LA APLICACION DE BADARO POR EL PERIODO 2002-2006.
 #551714  por airis
 
UN FALLO QUE DEJA SIN EFECTO EL CRITERIO DE "COSA JUZGADA"
La Corte habilitó a los jubilados a hacer más juicios por movilidad
(FeTERA SEMANAL Nº 463 04.06.08). Los jubilados que ya ganaron un juicio por movilidad pueden volver a reclamar la actualización de sus haberes, según lo que dispuso por unanimidad la Corte Suprema "a la luz de los cambios económicos que se fueron operando en el país desde 2002".
(Clarín Ismael Bermudez 4.06.08). Hasta ahora, si un jubilado obtenía una sentencia firme por reajuste (técnicamente llamada "cosa juzgada") no podía plantear otro reclamo de movilidad.
El fallo benefició a la jubilada Myriam Guadalupe Carutti, quien en los 90 inició un juicio de reajuste contra la ANSeS. El caso llegó hasta la anterior Corte, que ratificó el reajuste hasta marzo de 1995, en base al fallo Chocobar, (13,78 % de aumento sobre el haber al 31 de marzo de 1991) porque desde esa fecha rigió la ley de "Solidaridad Previsional", que condicionó todo reajuste a lo que resolviera el Congreso Nacional. Así, la causa fue considerada "cosa juzgada".
En 2005, Carutti inició un nuevo juicio de reajuste, reclamando la movilidad que se fue aplicando por "la inacción" del Congreso. Su demanda fue rechazada en el Juzgado Federal de Santa Fe, y luego por la Sala III de la Cámara, con el mismo argumento de "cosa juzgada".
Luego de apelar, la causa llegó a la Corte que ahora resolvió dejar sin efecto la doctrina anterior (Heit Rupp) y extenderle a Carutti los beneficios del caso Badaro (88,6% de reajuste entre enero de 2002 y diciembre 2006).
"Si se respetara el valor inamovible de la cosa juzgada, ningún jubilado con una sentencia Chocobar podría reclamar alguna movilidad, pese al cambio de las condiciones económicas a partir del año 2002. Y es sabido que hechos posteriores al otorgamiento de una jubilación, pueden alterar su valor adquisitivo y obligar a una revisión de lo resuelto, si se quiere actuar con equidad", opinó el abogado Guillermo Jáuregui.
En 2006 -como informó Clarín- en la causa Taladrid Teolindo la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social se pronunció en el mismo sentido.
Ese tribunal de segunda instancia argumentó que después de marzo de 1995 y "ante la verificación del cambio sustancial de las variables económicas que se produjo a partir del año 2002, en que los salarios de los activos y el costo de vida han experimentado un alza sustancial, surge palmario el distanciamiento entre los niveles remunerativos de actividad y pasividad".
 #551966  por markello
 
a) mas alla de la movilidad solicitada, no he pedido recomposición del haber inciarl en el reclamo adminsitrativo. Puedo solicitarlo ahora en instancia judicial. Como se recompone el haber?

Si es chocobar y en base a lo que han expuesto los colegas, podrás solicitarla pero considero que no te otorgaran el recalculo del haber inicial.

b) Que fallos existen en referencia a la cosa juzgada, en cuanto a la solicitud de Badaro en casos con sentencia Chocobar?

Carutti en especial

c) Que viabilidad ven aqui la solicitud de medida cautelar atento la edad del peticionante

Las mismas de capa

d) Que más debo solicitar como para que quede bien completa la acción?? inconstucionalidad de arts?? fallos?

No solo la moviliidad 2002-2006, sino la aplicacion del indice de salario nivel general para todo periodo posterior. En este punto vengo manifestando que hay algunos criterios de la camara donde no otorgan movilidad en base al indice de salario nivel general para el periodo posterior al 01/01/07.
saludos
 #552264  por Loneliness
 
Muchisimas gracias por los aportes! realmente son muy valiosos.
Estuve siguiendo hace un tiempo un post sobre la medida cautelar Cappa y sabía que el actor habia fallecido. Que sucedio finalmente con esto?