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  • terceria o estelionato...frenar subasta urgente

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 #550355  por juanmangi
 
Necesito ayuda urgente. Me cayó un caso al estudio que no se bien por donde encararlo. El tema es así: Mi cliente compra un departamento a su mejor amiga en Abril de 2004 y el abogado de su amiga les redacta el boleto de compraventa, el cual no tiene fecha cierta. Hace un año luego de idas y vueltas cancela una deuda por expensas de 30 lucas de las cuales 20 correspondían a la titular dominial y 10 a mi cliente. Hace unos pocos días le cae un mandamiento de constatación y viene a consultarme. Averiguo que la persona que le vendió tiene 10 juicios en su contra, que el inmueble que compró al momento del boleto poseía dos embargos y a su vez esta mujer tiene como 5 inhibiciones. El viernes me trae al estudio una cédula donde la intiman plazo de cinco días haga valer sus derechos sobre el inmueble.-
Realmente no sé que hacer. 1).- Si presento una tercería de mejor derecho no sólo la voy a perder porque el boleto no tiene fecha cierta, sino que además debería decir que la venta se produjo antes, porque de lo contrario se solicitará sea rechazada ya que la venta por la fecha que figura en el boleto (aunque no sea cierta) es posterior a dos embargos. A su vez si digo esto no puedo denunciar penalmente a la vendedora por estafa de estelionato porque si digo que tiene mejor derecho es porque cuando lo compró no estaba gravado.-
2).- Si hago la denuncia contra el abogado y la vendedora que sabían que el inmueble estaba embargado por estelionato como hago para frenar la subasta si estoy reconociendo que estaba embargado de antes.-
En fin espero que por favor alguien me tire algo urgente, ya que me siento como el perro que se corre la cola y gira siemrpe sobre lo mismo, gracias
 #550359  por Gonzalo77
 
hasta las manos...q dificil, primero pierde tu clienta por no haberte consultado antes de firmar el boleto, y por no haber averiguado la situacion del inmueble, con la denuncia penal frenas el tema, lo pateas para adelante por un tiempo largo, la cosa es que te conviene manifestar en sede civil.
Pd. en cuanto a la estafa, vas a tener q demostrar q fue victima de un ARDID, engaño, etc. en realidad sería desbarataminto de derechos acordados art. 173, inc 9 CP.
Saludos.-
 #550381  por cdiriarte
 
Buscá jurisprudencia sobre la cuestión que planteas, es posible que encuentres algo que pueda darte la razón mediante una tercería de dominio. Aquí en Salta existe un fallo plenario de 1996 al respecto del adquirente de buena fé de un inmueble, con boleto privado de compraventa sin fecha cierta y embargo posterior sin constatación fehaciente. De todas maneras está bastante difícil tu caso. Lo primero que haría sería desconocer absolutamente la existencia de los embargos anteriores y que ha resultado una víctima del fraude orquestado por la propietaria anterior quien no podía desconocer semejante situación. Fijate en los expedientes en contra de la transmitente si está debidamente notificada de los embargos y otras medidas cautelares, ya que la inscripción registral es meramente publicitaria, no es constitutiva de derechos. Respecto a lo posteado por Gonzalo77, el Art. 173 inc. 9 refiere al delito de Estelionato y el inc. 11 al de Desbaratamiento de Derechos Acordados. Y para ambos debés probar que tu parte ha sido engañada. Los elementos de esta clase de delitos, son el ardid o engaño. El silencio ardidoso es suficiente (para la estafa), cuando haya obligación de hablar. Debe existir una trama engañadora. En derecho penal y respecto a la "venta" de cosas inmuebles, debe tenerse en cuenta que la venta de las mismas no se produce por el boleto de compraventa, sino por la escritura de transmisión de dominio . El boleto supone una "promesa" de venta. Con respecto al estelionato, el mero silencio de quien vendió bienes litigiosos, gravados o embargados, es insuficiente para considerar violada la norma del inc. 9 del Art. 173 del CP. Se sostiene, en torno a ése punto, que por el principio de legalidad, la simple omisión o el silencio no constituyen el delito. No hay una normativa que así expresamente lo establezca y por el principio mencionado, habría una objeción para entender lo contrario. Suerte.
 #550394  por cdiriarte
 
Qué hizo constar tu cliente en el diligenciamiento del mandamiento de constatación? Dijo que había comprado el inmueble?, acompañó copia del boleto de compraventa? Si lo citaron para hacer valer sus derechos sobre el inmueble podría presentar una tercería y de manera concurrente una denuncia en contra de la vendedora. Respecto al reconocimiento del mejor derecho, éso fue conocido por tu cliente al momento de la constatación y por las averiguaciones que hizo, no por boca de la vendedora. Todo lo que hagas podría suspender provisoriamente la subasta, no es un hecho, hasta tanto se investiguen las responsabilidades existentes y los actos irregulares cometidos por la enajenante y el consecuente perjuicio a los acreedores y a tu parte. Suerte.
 #550427  por juanmangi
 
cdiriarte escribió:Qué hizo constar tu cliente en el diligenciamiento del mandamiento de constatación? Dijo que había comprado el inmueble?, acompañó copia del boleto de compraventa? Si lo citaron para hacer valer sus derechos sobre el inmueble podría presentar una tercería y de manera concurrente una denuncia en contra de la vendedora. Respecto al reconocimiento del mejor derecho, éso fue conocido por tu cliente al momento de la constatación y por las averiguaciones que hizo, no por boca de la vendedora. Todo lo que hagas podría suspender provisoriamente la subasta, no es un hecho, hasta tanto se investiguen las responsabilidades existentes y los actos irregulares cometidos por la enajenante y el consecuente perjuicio a los acreedores y a tu parte. Suerte.
Mi cliente hizo constar en el mandamiento su posesión, ya que le entregó copia simple de su boleto de compraventa sobre el inmueble al oficial de justicia y por ello a los pocos días la intimaron plazo de 5 días haga valer sus derechos bajo apercibimiento de decretarse la subasta libre de ocupantes y me vence con cargo el viernes éste para presentarme.-
Lo que sinceramente no entiendo es como frenar la subasta, porque como puse anteriormente si interpongo una tercería lo que estoy diciendo es que tengo mejor derecho que el acreedor embargante por lo tanto deviene abstracta una denuncia penal por estelionato o la del 173 inc 11 y a su vez la perderé. Y si opto por la denuncia penal reconozco el mejor derecho del embargante.-
Gracias