en todos lo procesos de desalojo se demanda al locatario y/o subinquilinos y/u ocupantes del inmueble y el juez ordena siempre que Teniendo en cuenta el alcance de la pretensión ejercida y el derecho de eventuales ocupantes, la notificación de la demanda se deberá extender a éstos para su diligenciamiento. El oficial notificador procederá a identificarlos informando el carácter que invoquen y luego notificará a los mismos de la existencia de éste juicio, previniéndoles que de resultar sentencia condenatoria les será oponible, pudiendo ellos presentarse en autos en el plazo previsto para contestar la demanda.- interponela si queres pero no es viable.-