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  • Exclusion de herencia. Declaracion indignidad. Art 3291.

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 #540889  por martins
 
Como planteo la exclusion de herencia por aplicacion del Art. 3291Codigo Civil?
El caso lo plantee en parte en un post anterior: Homicido de un conyuge al otro. El conyuge mientras se encuentra en tramite la accion penal inicia la sucesion. Los hijos deben presentarse en la sucesion acreditando su caracter de herederos.
Quieren excluir a su madre y se me plantean dudas:
1.- Se denuncia en el sucesorio y luego tramita por causa separada o bien en el mismo sucesorio?
2.- Debo denunciar todo al presentarse los herederos y esperar a que quede firme la sentencia penal, seguramente, y recien alli se declarara la indignidad?
3.- La mayoria de los bienes a transmitirse son gananciales y aqui mi mayor duda: El 50% que le corresponde como socia, la conyuge homicida los hereda igual?
Por favor espero opiniones. Muchas gracias.-
 #540969  por Alejandra Radua
 
Martins: ella no hereda los gananciales. Ella es titular del 50%. El caso de la exclusión, sería viable cuando hubiera bienes propios, donde el cónyuge supérstite concurre como un hijo más.
Los hijos deben presentarse. No te lo van a tomar en el mismo sucesorio. Vas a tener que iniciarlo aparte.
Igualmente, esperá más opiniones.