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  • tragedia, sucesion, expropiacion y algo mas.......

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 #538274  por ELISEA_SEP
 
Aveces la realidad supera la ficcion.....
-mujer viuda con tres hijas a cargo y una propiedad inmueble contrae nuevas nupcias.-
-consorte nuevo abusaba de las hijas y las maltrataba a no poder.-
-la mujer se queda embarazada y cuando estaba de 7 meses es tan brutalmente golpeada por el marido que el bebe y ella mueren.-
-este hombre va preso
-las menores van a parar a la casa de unos tios.-
-La casa es expropiada por el estado, como las herederas de la propiedad eran menores y el otro heredero estaba en la carcel, se deposito en consignacion el dinero.-
-los tios abren la sucesion de la madre, pero para poder hechar mano al dinero tenian que tener la tutela de las menores, como a los ojos de ellos el tramite era muy engorroso, dejaron AHI nomas el expediente.-
-Me contactan las hermanas para ver como se podria cobrar ese dinero; y aqui viene mi duda puedo pedir la actualizacion de la suma?
-¿con la declaratoria de herederos me alcanzara para cobrar?
A alguien le paso un caso asi? *leo*
 #538353  por cfg
 
Si el hombre fue condenado por el homicidio es indigno para suceder. Art. 3.291. Son incapaces de suceder como indignos, los condenados en juicio por delito o tentativa de homicidio contra la persona de cuya sucesión se trate, o de su cónyuge, o contra sus descendientes, o como cómplice del autor directo del hecho. Esta causa de indignidad no puede ser cubierta, ni por gracia acordada al criminal, ni por la prescripción de la pena.
Asi que si fue declarado, hay que pedir que se lo declare indigno solicitando el expte. penal, o un informe de reincidencia. Si aún está procesado, solicitaría cautelarmente que su porción no pueda ser cobrada hasta que se resuelva su situación.
El tema de la declaratoria habría que verlo, si no, hay que nombrar un administrador de la sucesión.
 #538792  por ELISEA_SEP
 
son mayores de edad las tres.................y al marido lo saque ahorrandome la indignidad.-
el tema es la suma hoy es irrisoria me entendes.
Gracias Carlos por tu aporte
 #538890  por cfg
 
Creo, aunque ahora no encuentro que cuando se depositan fondos el banco debe garantizar algún interés.
Además, si el depósito del dinero se hizo con herederos menores de edad y nadie se interesó, creo que hay responsabilidad del Estado, sea por el Asesor de Menores o por el propio depositante. Además, se podría discutir el valor depositado, pues si eran menores sin representación legal corre la suspensión del plazo de prescripción del art. 3966 (pero decis que son mayores y tenían solo tres meses para hacer la acción -art. 3980-)
 #539603  por ELISEA_SEP
 
cfg escribió:Creo, aunque ahora no encuentro que cuando se depositan fondos el banco debe garantizar algún interés.
Además, si el depósito del dinero se hizo con herederos menores de edad y nadie se interesó, creo que hay responsabilidad del Estado, sea por el Asesor de Menores o por el propio depositante. Además, se podría discutir el valor depositado, pues si eran menores sin representación legal corre la suspensión del plazo de prescripción del art. 3966 (pero decis que son mayores y tenían solo tres meses para hacer la acción -art. 3980-)
Se presentaron pero el estado les exigio declaratoria de herederos, la fiscal trabo con el tema del marido y se demoro un poco mas, pero ya esta en puerta la sentencia de la declaratoria.-
Ahora el tema puntual es el monto!!!! ellas se presentaron, acrditaron el vinculo, pero les exigieron que sean en declaratoria de herederos, que no es culpa de ellas.....te cuento que tienen 30-32-35, pero ellas tomaron conocimiento de lo que paso hace 5 meses cuando fallecio el tio que las crio y encontraron un papel que hablaba de este tema