Hola colegas!!!
Me encomendaron trabajar sobre este tema y no tengo la menor idea de por donde arrancar!!!
a ver si alguien me puede orientar de alguna normativa por donde comenzar...
La cuestión es que un paciente que ingreso con un ACV a un hospital privado dentro de la Pcia de Bs. As. , es tratado por unos días y luego es derivado al geriátrico donde estaba alojado "pero con suero" , que según lo que me han comentado eso no es posible, y luego fallece.
se presentan al estudio los herederos dispuestos a iniciar acciones, ahora... esto es viable???
En que normativas me baso???
La idea sería plantearlo por no haberle brindado una muerte digna, siendo que no se lo deberla haber enviado a su domicilio con suero y deberían haberlo asistido allí.
Cualquier idea, será bienvenida!!!
Saludos!!
Sandra.
Me encomendaron trabajar sobre este tema y no tengo la menor idea de por donde arrancar!!!
a ver si alguien me puede orientar de alguna normativa por donde comenzar...
La cuestión es que un paciente que ingreso con un ACV a un hospital privado dentro de la Pcia de Bs. As. , es tratado por unos días y luego es derivado al geriátrico donde estaba alojado "pero con suero" , que según lo que me han comentado eso no es posible, y luego fallece.
se presentan al estudio los herederos dispuestos a iniciar acciones, ahora... esto es viable???
En que normativas me baso???
La idea sería plantearlo por no haberle brindado una muerte digna, siendo que no se lo deberla haber enviado a su domicilio con suero y deberían haberlo asistido allí.
Cualquier idea, será bienvenida!!!
Saludos!!
Sandra.
