Hola foristas!!!!
tengo un caso de un cliente que circulaba por el carril rapido de una avenida (en mar del plata) se le cruza en su marcha un auto que venia desde la derecha y mi cliente lo embiste.
Si bien la logica indica que la culpa es del conductor que cruza la avenida, aunque viene por la derecha, sin tomar las precauciones logicas, no tengo claro el tema de la atribucion de culpabilidad por estos motivos y necesito fundamentos legales si alguien me los puede dar
[*] de donde surge la regla del que choca paga?????
[*]el decreto 40/70 en su art 70 modifica el art 57 del codigo de transito donde incorpora entre las expecciones de la prioridad de paso las avenidas
ARTICULO 70. PRIORIDADES: Todo peatón o conductor de vehículo que llegue a una bocacalle o encrucijada debe ajustarse a las indicaciones del agente de tránsito a las que expresan los aparatos lumínicos o por señales fijas.
Ante la falta de tales indicaciones, los peatones y conductores procederán de la forma que se indica en los incisos siguientes:
1.
En las zonas urbanas, el peatón tiene prioridad sobre los vehículos para atravesar la calzada por la senda peatonal y los conductores deberán:
A) Al aproximarse a la senda peatonal, reducir la velocidad.
B) En las bocacalles sin semáforo, cuando sea necesario, detener por completo su vehículo para ceder espontáneamente el paso a los peatones, para que estos puedan atravesar la calzada siguiendo su marcha normal.
C) Cuando realicen un giro para circular por una calzada transversal a la que transitaba, debe respetar la prioridad de paso de los peatones que atraviesan dicha vía pública por la senda peatonal deteniendo el vehículo.
D) En las bocacalles, de vías de igual jerarquía, en que exista señal de PARE deberán detener el vehículo completamente, reanudando luego la marcha una vez que se hayan asegurado que la misma se encuentra libre para el cruce.
2. El conductor que llegue a una bocacalle o encrucijada debe en toda circunstancia ceder el paso al vehículo que circula desde su derecha hacia su izquierda, por una vía pública transversal.
Esta prioridad es absoluta y solo se pierde cuando:
A) Exista señalización específica en contrario.
B) Los vehículos públicos de urgencia que en cumplimiento de sus funciones realicen las señales de advertencia especificadas por el presente Código.
C) Circulen vehículos por una vía de mayor jerarquía: autopistas, semiautopistas, rutas, carreteras y avenidas. Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha.
D) Haya peatones que cruzan lícitamente por la senda peatonal o de seguridad habilitada como tal.
E) Se ha de ingresar a una rotonda.
F) Desde una vía pública de tierra se va a pasar a circular por una vía pavimentada.
G) Se ha detenido la marcha.
H) Cuando se vaya a girar hacia una vía pública transversal.
I) Cuando en una bocacalle existan filas de vehículos con circulación lenta en sendas vías en espera de su cruce, se establecerá un orden de paso alternativo de un vehículo por vez para cada transversal
3. En las zonas rurales los peatones, ciclistas y jinetes, deben ceder el paso a los demás vehículos, a menos que atraviesen por zonas específicamente señalizadas que les habilite su prioridad de paso.
4. Si se dan varias excepciones, se debe respetar, el orden de prioridades establecido precedentemente
5En las cuestas estrechas debe retroceder el que desciende, salvo que lleve acoplado o remolque.
6.Para cualquier otra maniobra goza de prioridad quien conserva su derecha.
esto sigue vigente hoy o era solo por la emergencia vial???????
Lo que intento es desvirtuar la culpa concurrente, espero sus utiles respuestas gracias!!!!!!!!!!!!!!
tengo un caso de un cliente que circulaba por el carril rapido de una avenida (en mar del plata) se le cruza en su marcha un auto que venia desde la derecha y mi cliente lo embiste.
Si bien la logica indica que la culpa es del conductor que cruza la avenida, aunque viene por la derecha, sin tomar las precauciones logicas, no tengo claro el tema de la atribucion de culpabilidad por estos motivos y necesito fundamentos legales si alguien me los puede dar
[*] de donde surge la regla del que choca paga?????
[*]el decreto 40/70 en su art 70 modifica el art 57 del codigo de transito donde incorpora entre las expecciones de la prioridad de paso las avenidas
ARTICULO 70. PRIORIDADES: Todo peatón o conductor de vehículo que llegue a una bocacalle o encrucijada debe ajustarse a las indicaciones del agente de tránsito a las que expresan los aparatos lumínicos o por señales fijas.
Ante la falta de tales indicaciones, los peatones y conductores procederán de la forma que se indica en los incisos siguientes:
1.
En las zonas urbanas, el peatón tiene prioridad sobre los vehículos para atravesar la calzada por la senda peatonal y los conductores deberán:
A) Al aproximarse a la senda peatonal, reducir la velocidad.
B) En las bocacalles sin semáforo, cuando sea necesario, detener por completo su vehículo para ceder espontáneamente el paso a los peatones, para que estos puedan atravesar la calzada siguiendo su marcha normal.
C) Cuando realicen un giro para circular por una calzada transversal a la que transitaba, debe respetar la prioridad de paso de los peatones que atraviesan dicha vía pública por la senda peatonal deteniendo el vehículo.
D) En las bocacalles, de vías de igual jerarquía, en que exista señal de PARE deberán detener el vehículo completamente, reanudando luego la marcha una vez que se hayan asegurado que la misma se encuentra libre para el cruce.
2. El conductor que llegue a una bocacalle o encrucijada debe en toda circunstancia ceder el paso al vehículo que circula desde su derecha hacia su izquierda, por una vía pública transversal.
Esta prioridad es absoluta y solo se pierde cuando:
A) Exista señalización específica en contrario.
B) Los vehículos públicos de urgencia que en cumplimiento de sus funciones realicen las señales de advertencia especificadas por el presente Código.
C) Circulen vehículos por una vía de mayor jerarquía: autopistas, semiautopistas, rutas, carreteras y avenidas. Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha.
D) Haya peatones que cruzan lícitamente por la senda peatonal o de seguridad habilitada como tal.
E) Se ha de ingresar a una rotonda.
F) Desde una vía pública de tierra se va a pasar a circular por una vía pavimentada.
G) Se ha detenido la marcha.
H) Cuando se vaya a girar hacia una vía pública transversal.
I) Cuando en una bocacalle existan filas de vehículos con circulación lenta en sendas vías en espera de su cruce, se establecerá un orden de paso alternativo de un vehículo por vez para cada transversal
3. En las zonas rurales los peatones, ciclistas y jinetes, deben ceder el paso a los demás vehículos, a menos que atraviesen por zonas específicamente señalizadas que les habilite su prioridad de paso.
4. Si se dan varias excepciones, se debe respetar, el orden de prioridades establecido precedentemente
5En las cuestas estrechas debe retroceder el que desciende, salvo que lleve acoplado o remolque.
6.Para cualquier otra maniobra goza de prioridad quien conserva su derecha.
esto sigue vigente hoy o era solo por la emergencia vial???????
Lo que intento es desvirtuar la culpa concurrente, espero sus utiles respuestas gracias!!!!!!!!!!!!!!
