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  • Sucesion testamentaria- acervo hereditario

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 #530635  por anisol
 
Hola a todos! quería hacerles una consulta...Tengo una sucesión testamentaria, en el cual el causante testó respecto de todos sus bienes, sin especificar el inmueble y demás.
Mi pregunta es la siguiente.. En el escrito, debo epecificar los bienes (depto) y titulos (titulo de boveda) que tuvo el causante?? o solo bastaria con transcribir la parte pertinente del testamento donde dice.. todos sus bienes etc etc.??
Ya que luego seguramente,los herederos testamentarios querrán vender la casa, y hacer los tramites pertinentes para renovar la concesión de la boveda.
Muchas gracias!!!!!!!!!!!
 #530688  por sole10
 
Indudablemente que se deben denunciar con precisión los bienes que integran el acervo hereditario,para poder tener certeza sobre ellos y,luego eventualmente,los herederos instituídos,puedan disponer de ellos.
Saludos !!
 #531326  por Rubito
 
Anisol: El heredero instituido, para ser tal debe tener vocación expansiva al todo, o sea que en caso de que algún otro heredero ( sea testamentario o no), no quiera o no pueda recibir recibir la herencia, este toma su parte, si vos enumeras los bienes se parece mas a un legado, en caso de que aparezcan mas el heredero podria llegar a convertirse en un legatario, lo limitaste a lo que vos le diste, con independencia de las palabras que se usaron al confeccionarlo, con decir TODO mi patrimonio, estimo seria suficiente. SUERTE.-
 #531434  por sole10
 
Si la intención de los herederos es vender,por ejemplo,uno de los bienes ¿Cómo van a hacer si no los denuncia?

Y,aunque no tenga intenciones de venderlos ¿Cómo los inscribe en el respectivo registro?

"...si vos enumeras los bienes se parece mas a un legado????..."

Aquí existe,indudablemente,un error de concepto:

El testamento como acto de disposición de bienes:
Esta es la función jurídica normal del testamento.La disposición de los bienes se puede realizar por cuatro vías:

a)La institución hereditaria:que tiene lugar cuando se deja a una persona todo el patrimonio o una parte alícuota de él,sin designar porciones;lo que caracteriza al heredero y lo distingue del legatario de cuota es que tiene,en potencia,una vocación al todo del acervo hereditario;de modo tal que,si uno de los coherederos renuncia o es incapaz de recibirla,los restantes acrecen sus cuotas de esas partes (es el caso expuesto por la colega).

b)El legado de cuota:al legatario se le asigna una cuota fija del acervo sucesorio;carece del derecho de acrecer,de tal modo que en ningún caso,podría recibir más de lo que se le ha asignado.

c)El legado particular:importa la asignación de una cosa concreta y no de una parte del patrimonio.Adviértase que se dice una cosa concreta y no cierta,pues el legado puede ser de cosas inciertas,cómo las que se designan por peso,cantidad o medida.

d)El cargo impuesto a un heredero o legatario enfavor de un tercero.

En síntesis:que la colega enumere los bienes,no cambia la esencia del testamento;no va a existir un legatario si no está establecido expresamente en el mismo.
 #531977  por anisol
 
Gracias por sus respuestas!!!
Si, de hecho en el testamento se le asignan a cada heredero un porcentaje del patrimonio, sin individualizarlos.