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  • INSCRIPCION DECLARATORIA. ESTADO PARCELARIO VENCIDO¿¿¿¿¿¿

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 #529942  por vipre
 
Hola:
Tengo una sucesión con su respectivo oficio y testimonio de 1999, y el estado parcelario de igual año. Mi cliente no inscribió en RPI y ahora lo quiere hacer. Mi duda es si tengo que hacer nuevamente el estado parcelario. En Cardigonte me dicen que si, yo pensé que como se tenía en cuenta la fecha de la orden de inscripción y él estado parcelario se hizo en esa fecha para lograr la inscripción,no era necesario.
Soy ignorante en ESTO y cuanto más averiguo más lío me hago...Ayuda por favor....MIL GRACIAS
 #530318  por sole10
 
Sí,hay que hacerlo nuevamente.
Es a los efectos de abonar los gastos de inscripción,los cuales se calculan,sobre la valuación fiscal actualizada.