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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #529855  por andrea37
 
Y acá van las aclaratorias de la circular 16/10

ACLARACIONES EN TORNO A LA CIRCULAR GP Nº16/10




Atendiendo a las reiteradas consultas sobre el tema SDM, se expone las siguientes aclaraciones:



Los pedidos de verificación sólo serán dispuestos en forma automática por el SICA, o directamente por la Gerencia Control Prestacional, caso contrario, de no mediar estas requisitorias, las UDAIs conformarán el expediente previsional de acuerdo a las pautas documentales de la Circular 16/10 en lo referente a la PBU con SDM, más la mención explicita del dador/empleador en el formulario pertinente (Anexo 1), para convalidar la prestación solicitada, sin requerir la verificación de dichos servicios. Es decir si acompaña la documentación de los puntos a) al d) y el sistema no solicito una verificación, debe darse por aprobado los servicios y convalidar la prestación solicitada.


Para las solicitudes de Pensiones y RTI no se modifican los procedimientos ya estipulados y vigentes en la Circular 57/08, siendo que la Disposición SDP Nº01/10 solo reformula los procesos para la PBU, es decir se requieren verificación.


Con respecto al criterio que debe adoptarse para cuando se pretenda acreditar servicios como SDM incluido dentro del Dcto.326/56 y se hayan regularizado periodos entre el 04/2000 a 12/2005, debe respetarse la pauta establecida en la Circular 16/10, que refiere y responde expresamente a ese planteo.


Ante los pedidos de iniciación de trámite bajo insistencia, se aplicará el trámite “Iniciación de Prestaciones Previsionales bajo insistencia” - Prev.16 – 24, dictando la resolución acorde al Anexo I de dicha norma, conforme lo prevé el apartado III, punto 5, dado que este proceder radica en que la falta de documentación constituye un defecto no subsanable por ANSES ( por ejemplo no identificación del dador de trabajo y de su domicilio, no pudiendo de esa manera determinarse el tipo de servicio prestado).


· “La merituación –examen o convalidación- de los antecedentes documentales validatorios de la relación de empleo debe ser similar a la que se realiza con el resto de las prestaciones otorgadas por ANSES cuando se otorga o deniega la solicitud previsional. No hay un proceder excepcional para este supuesto, y como acontece en cualquier trámite previsional, en el caso de que existiese dudas respecto a la relación de empleo declarada, se puede instruir una verificación de servicios, conforme a los procedimientos ya vigentes para otras prestaciones independientemente de que no conforme parte de la muestra que el SICA I seleccionará automáticamente.









Reiterando los términos de la normativa vigente:



· Será imprescindible agregar la siguiente documentación en el expediente previsional:

Recibos de Sueldos extendidos por el dador de trabajo - F 102 –
Tickets de Aportes y Contribuciones
c. La Conformación del Anexo I – Declaración Jurada Régimen Especial para Empleados del Servicio Doméstico establecido en la Circular 57/08.

d. Exigir en los formularios la identificación del empleador/dador de empleo, como ser: Nombre y apellido, CUIT/CUIT, domicilio.

· Opcionalmente, y en la medida que se dispusiera de la misma, se podrá agregar la siguiente documentación:

a. Libreta de trabajo (art. 11 Dto. Ley Nº 326/56)

b. Comprobantes de obra social y sindicato.



Pablo A Fontdevila

Sub Director de Prestaciones

Administración Nacional de la Seguridad Social - ANSES
 #529862  por PARANA
 
MARIO1943 escribió:
ROXANA77 escribió:hola MARIO1943
como te fue en UDAI SAN MIGUEL :?:
que criterio aplican ?
saludos
roxana77
hola me facilitaste LA TAREA TE ESTABA BUSCANDO ESTO VA PARA VOS Y PIPI QUE ME LO SOLICITO
SI EN UDAI SAN MIGUEL EL CRITERIO QUE APLICAN ES LO MAS COHERENTE QUE HE VISTO HASTA AHORA ,
NO SE GUIAN POR LA FECHA DE PEDIDO DE TURNO , SE GUIAN POR LA FECHA DE LOS APORTES DE LOS SDM, SI LE APARECEN EN SISTEMA AL 5/4/ 2010, APLICAN DIRECTAMENTE LA 57/08 Y ENTRA SIN EXPEDIENTE LOS SDM, SI NO FIGURAN LOS PAGOS ACREDITADOS A ESA FECHA SE HACE UN EXP. ANEXO CON DADOR DE TRABAJO Y VA A VERIFICACIONES, LA SRA. QUE FUE A INICIAR CONMIGO TENIA PAGOS SDM EN EL MES DE FEBRERO, ASI QUE ENTRO COMO POR UN TUVO NO TIENE QUE PRESENTAR NADA DE LA NUEVA CIRCULAR, PERO TUVE UN INCONVENIENTE QUE LO SOLUCIONE, HAY QUE SACR NUMERO COSA QUE YO NO HICE PORQUE LOS QUE INICIE ANTERIORMENTE IBAN SIN NUMERO Y TE LLAMABAN YO TENIA A LAS 13.40 , ERAN LAS 14 HS. Y NO ME HABIAN LLMADO SE ARRIMO UNA UNICIADORA Y ME PREGUNTO QUE ESPERABA Y LE MOSTRE EL TURNO , ME DIJO QUE YA ME HABIA EXCEDIDO , LE CONTESTE QUE ESTABA DE LAS 13 HS. Y QUE NO HABIA NINGUN CARTEL QUE INDICARA QUE HABIA QUE SACAR NUMERO,QUE ANTES
NO LO PEDIAN , INSISTI Y ME LO TOMARON, POR ESO TE ADVIERTO SI TE TOCA SAN MIGUEL QUE SAQUES NUMERO


Como bien lo mencionas Hugo: es lo más coherente que he visto.-

Hoy oinicie en UDAI PARANA y me pidieron todo y me mandan a verificar.-

No se que vana a hacer los verificadores cunado enpiecen a entrar 10 casos por día. Cuanto vana a demorar los trámites?
Va a llegar el momento donde van a tener que restringir las verificaciones.-

Además, como siempre , los iniciadores me atendieron mas que bien; muy amables, macanudos, nos reimos un rato, pero armar cada expediente con 40 o 50 meses nos llevaba muchisimo tiempo, y eso que yo ayudo sellando, abrochando y todo.-

Un abrazo
 #529877  por PARANA
 
Gracias andrea:

Espero que sirva para evitar tantas verificaciones :mrgreen:
 #529880  por adriana
 
Hola Lunita, coincido con tu criterio, y te escribo para saber si iniciaste alguna y si lo hiciste, para poder ir a la carss, que hiciste, pedistes que te lo tomen bajo insistencia, ahi me pierdo....
por que una de mis clientas no tiene dador, para pasarme los datos.
saludos Adriana.
lunita_roja escribió:
AndreaL escribió:
lunita_roja escribió:Yo el jueves tengo dos turno con SDM en Urquiza y voy a iniciar sin llevar nada de la nueva circular, los pienso iniciar aunque sea bajo insistencia...el sicam, los pagos y el turno son anteriores a esta circular...esta aplicación retroactiva que hacen de las circulares es ridícula e injusta!!!
Es cierto lunita, pero viste que dice la que no importa el turno, se aplicara la normativa desde el 5 de abril, ojalá no tengas dramas. Por las dudas llevate los 102 completos, aunque sea algunos a ver q te dicen!!!!
La verdad es que ni pienso llevar los 102 completos...porque no corresponde....que me rechacen la jubilación e iré a la carss o a la justicia...no me importa...lo que dice que se aplica desde el 5 abril está mal...yo envié el sicam y pedí el turno y la legislación era una....corresponde que se aplique esa legislación porque entonces mañana se levantan y cambian la legislación un día antes del turno y vos tenés que cumplir con algo fuera de lugar por un capricho de ellos. Estoy envenenada y no pienso dar el brazo a torcer porque ellos hacen las cosas mal.
 #529905  por juancepparo
 
Criterios en las UDAI de Mendoza:

. En la UDAI Mendoza (E. Blanco) solicitan todo lo esencial de la circ 16/10, sea cual sea la fecha de pago de SDM
. En la UDAI Godoy Cruz y Oficina Maipú, no hay modificación alguna, es decir te reciben todo como venia antes del 05/04, sin necesidad de declarar empleador.

Un abrazo.
 #529930  por ariel648
 
Muchachos con esto se le puso fin al SDM. ¡ No va más!.
 #529936  por lunita_roja
 
adriana escribió:Hola Lunita, coincido con tu criterio, y te escribo para saber si iniciaste alguna y si lo hiciste, para poder ir a la carss, que hiciste, pedistes que te lo tomen bajo insistencia, ahi me pierdo....
por que una de mis clientas no tiene dador, para pasarme los datos.
saludos Adriana.


La verdad es que ni pienso llevar los 102 completos...porque no corresponde....que me rechacen la jubilación e iré a la carss o a la justicia...no me importa...lo que dice que se aplica desde el 5 abril está mal...yo envié el sicam y pedí el turno y la legislación era una....corresponde que se aplique esa legislación porque entonces mañana se levantan y cambian la legislación un día antes del turno y vos tenés que cumplir con algo fuera de lugar por un capricho de ellos. Estoy envenenada y no pienso dar el brazo a torcer porque ellos hacen las cosas mal.
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Hoy inicié dos en Urquiza bajo insistencia...presenté una nota para que me tomen el trámite y me los tomaron. Hasta ayer no tomaban ni siquiera bajo insistencia pero ante los reiterados pedidos de los abogados que habían hecho todo antes del 5 de abril (pagos de sdm, sicam y pedido del turno antes de esa fecha) decidieron permitir que se inicie bajo insistencia. El tema de que no los tomaban bajo insistencia es porque la Gerencia de Anses les mandó un mail a las Udais para que no tomen trámites bajo insistencia. En Urquiza decidieron tomarlos igual porque se ve que están cansados de que vayan los abogados a quejarse. Los iniciadores me dijeron que lo más probable es que los que pagaron antes del 5 de abril los terminen aprobando...espero que así sea. Si no iré a la carss y pediré que se respete la circular 57/08 que es la que corresponde aplicar...la retroactividad deliberada de Anses está fuera de lugar, es inconstitucional y atenta contra la seguirada jurídica del sistema...los fallos de Corte indican que la ley aplicable es aquella vigente al momento del cese. Así que no pienso presentar nada de la circular nueva....NO CORRESPONDEEEEEE!!! Los que redactan las circulares deberían volver a la facultad a ver si se le refrescan las ideas!!!
En la nota que presenté sólo puse que me tomen el trámite con la documental que poseo la cual se ajusta a la normativa vigente al momento del cese.
 #529994  por lauchina
 
Aimael escribió:
lauchina escribió:ALguien puede ayudarme? consulté en este post ¿ qué fecha va en recibo de cobro, la del año que pago (2000) o la del efectivo pago (2010). Gracias
obviamente la fecha del mes q queres comprar, si pones fecha actual el sdm deja de ser extemporaneo!
Disculpame, me expresé mal, mi pregunta es si en el recibo que extiende el dador de trabajo donde dice lugar y fecha coloco marzo 2010, que es cuando hizo el pago o 4/2000 que es el mes que compró. Gracias
 #530005  por arandu
 
ESTIMADOS COLEGAS:

EN OTRO POST, ALGUNOS COLEGAS ESTAN INVITANDO A UNA REUNION HA REALIZARSE EN LAS GALERIAS PACIFICO. FALTA FIJAR LA FECHA Y LA HORA.
ES PARA DEFENDER NUESTROS DERECHOS COMO ABOGADOS PREVISIONALISTAS.
QUE OPINAN?
 #530007  por lilita09
 
Mi pregunta es: de que recibo hablan que van a completar ya salio quiosco donde se puede comprar recibos de sueldo para completar? :oops: ,con la aclaratoria terminaron de sepultar al fallecido? en este caso al Sr/Sra SDM? :? o estoy muy equivocada?! :mrgreen:
 #530011  por lauchina
 
lilita09 escribió:Mi pregunta es: de que recibo hablan que van a completar ya salio quiosco donde se puede comprar recibos de sueldo para completar? :oops: ,con la aclaratoria terminaron de sepultar al fallecido? en este caso al Sr/Sra SDM? :? o estoy muy equivocada?! :mrgreen:
Es el recibo de pago del formulario 102 que lo solcitan completo, por eso mi pregunta.
 #530145  por lunita_roja
 
Les hago una consulta...hoy justo me vino a ver una clienta que se quiere jubilar...ella realmente trabaja de SDM hace 30 años en la misma casa...le dije que tiene que denunciar dador de trabajo. Es decir si Anses manda verificación va a salir bien porque ella realmente trabaja hace 30 años ahí...el miedo de la Sra. es que no quiere que su empleadora sufra ningún perjucio por su jubilación porque se podrán imaginar que después de tanto tiempo le tiene estima. Pasará algo si le regulariza la situación de manera extemporánea, más allá de la verificación de Anses??? Mi clienta no quiere hacerle desembolsar dinero a su dadora de trabajo si Anses no le va a acordar el beneficio.
 #530164  por hugo2
 
lauchina escribió:
lilita09 escribió:Mi pregunta es: de que recibo hablan que van a completar ya salio quiosco donde se puede comprar recibos de sueldo para completar? :oops: ,con la aclaratoria terminaron de sepultar al fallecido? en este caso al Sr/Sra SDM? :? o estoy muy equivocada?! :mrgreen:
Es el recibo de pago del formulario 102 que lo solcitan completo, por eso mi pregunta.
Es mas facil de lo que pensas lauchina, no le pongas fecha y listo.
 #530170  por hugo2
 
lunita_roja escribió:Les hago una consulta...hoy justo me vino a ver una clienta que se quiere jubilar...ella realmente trabaja de SDM hace 30 años en la misma casa...le dije que tiene que denunciar dador de trabajo. Es decir si Anses manda verificación va a salir bien porque ella realmente trabaja hace 30 años ahí...el miedo de la Sra. es que no quiere que su empleadora sufra ningún perjucio por su jubilación porque se podrán imaginar que después de tanto tiempo le tiene estima. Pasará algo si le regulariza la situación de manera extemporánea, más allá de la verificación de Anses??? Mi clienta no quiere hacerle desembolsar dinero a su dadora de trabajo si Anses no le va a acordar el beneficio.
Bastante turra la patrona, 30 años trabajando y nunca la regularizo??????????
Que haga su tramite. que no se preocupe tanto de la patrona, porque en un par de años cuando no pueda trabajar mas te dan una patada y se queda sin sueldo y sin jubilacion.
 #530190  por Aimael
 
coincido con hugo porq con tan poca plata la hubiera regularizada y ahora encima no quiere mandarle los verificadores? bue eso ya no depende de tu cliente es asi como aparentemente Anses va a trabajar!
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