Hola, quisiera saber si es posible iniciar una demanda contra una Cía de colectivos (juicio civil) que embistió a una persona mientras se hallaba trabajando, a la vez que iniciar demanda por accidente de trabajo a la ART contratada por el empleador (juicio laboral). Entiéndase: no se trata de cobrar dos indemnizaciones por un mismo hecho, sino una más ampliada ya que la ART luego de abonar la indemnizacion por fallecimiento que determine la Justicia va a tratar de recuperar lo percibido de la Cía de ómnibus que resulta ser la obligada directa por el accidente. A la cía de ómnibus se le puede reclamar daño moral, lucro cesante, daño psicológico, etc. además del valor vida que resulta ser más abultado que el que abonará la ART a pesar de todas las inconstitucionalidades que puedan pedirse.
Gracias.
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