hola a todos, consulte en el foro laboral, pero quizas en este tengo mas suerte
El tema es el siguiente el tabajador tiene resuelta la jubilacion en 09/03/2010, sin alta hasta hoy, su empleador lo despide por art 252 de la ley de contrato de trabajo el 31/03/2010.- La lct habla de "concedido el beneficio", esto habla del alta del beneficio, es decir desde el efectivo goce, o desde que aparece resuelto favorablemente , que es lo que argumneta la empresa ???
gracias
El tema es el siguiente el tabajador tiene resuelta la jubilacion en 09/03/2010, sin alta hasta hoy, su empleador lo despide por art 252 de la ley de contrato de trabajo el 31/03/2010.- La lct habla de "concedido el beneficio", esto habla del alta del beneficio, es decir desde el efectivo goce, o desde que aparece resuelto favorablemente , que es lo que argumneta la empresa ???
gracias
