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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #528049  por hugonox
 
Tengo un cliente que tiene dos empleadores y encajan justo en el art 26 LCT.
El problema es como hago la demanda una para cada uno o una misma demanda y mando dos juegos.
No la tengo muy clara agradeceria su ayuda.
 #528384  por GU
 
Si son dos empleadores, por relaciones laborales distintas, son dos demandas distintas.

Salutes!
 #529495  por hugonox
 
No son dos empleadores en una misma relacion laboral, dos jefes del mismo sujeto.
Es decir un trabajador que laboro para dos personas en un mismo lugar y ambas indistintamente le daban ordenes y
le abonaban el sueldo y en un mismo lugar fisico.
Por eso mi duda es una misma demanda para los dos, pero resulta que hice cartas documentos para cada uno individualmente por eso me surge la duda.
hago dos demandas distintas o una en la que pongo las cd de que envie a los dos y sus contestaciones y luego
envio una de traslado para cada uno de los empleadores. Yo los catalogo en el art. 26 lct empleador multiple.
Si me pueden ayudar les agradeceria una opinion
 #711902  por belencarey
 
si la tarea es una , en un solo lugar físico es una sola demanda, con dos copias de traslado. Incluso si podés probar que hay un grupo empresario, harías una sola demanda.
Ahora si las tareas beneficiaban a dos empresas distintas tenés empleador múltiple art 26 donde rige la solidaridad empresaria respecto a las obligaciones laborales.

Mi duda es si puede cobrar la indemnización art 245 contra las dos empresas( porque se beneficiaron ambas con las tareas), o responden solidariamente por dicha suma entre las dos empresas.
 #711914  por eltam88
 
No veo muy claro el tema. sería bueno aclares que hacia, tareas efectuadas. Pero si el trabajador tenía más de un empleador que requerían los servicios del trabajador, entiendo que se da el supuesto art. 26. En cuanto a las indemnizaciones son solidariamente responsable.

1 demanda 2 demandados.