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  • ESCRITURAR TITULAR NO SE UBICA

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 #525414  por carub
 
Buenas noches, tengo un cliente que quiere escriturar su casa ya que la está alquilando pero hay posibilidades de que los locatarios la compren.
Compró la propiedad hace mas o menos 12 años pero no escrituro, ahora buscamos en los teléfonos y direcciones que teníamos de la titular del dominio, quien les vendió pero no surge nada ( la señora era mayor)
Apreciare sus opiniones de cómo sería la forma más conveniente y facil para que este señor pueda escriturar. Gracias!!!!
 #525509  por MABENDICENTE
 
Se envía oficios solicitando el domicilio real del titular registral con el nombre completo y número de documento
al ANSES ó CAMARA ELECTORAL .Saludos
 #525567  por jfrotela
 
Inicia el juicio por escrituración. Ya tenés la firma certificada, un paso menos. La notificás al domicilio que allí constituyó. Si vuelve rechazada, tendrás que pedir los oficios que te sugirieron y notificar allí... podés hacerlo bajo responsabilidad también.
Luego de esto, seguir a como te vaya guiando el juzgado...

Saludos. Franco
 #525581  por JoMarch
 
CLARO
COMO TE DICEN EL POST ANTERIOR. INICIA JUICIO DE ESCRITURACION Y DECLARAS COMO DOMICILIO DEL DEMANDADO EL QUE FIGURA EN EL BOLETO DE COMPRAVENTA.
SI VIENE RECHAZADO OFICIAS AL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.
DEMORA UN POQUITO PERO CONTESTAN
 #525767  por pulga
 
Estoy en un caso similar. El tema es que mi abogado me dijo que salia en dos años el juicio de escrituracion y ya van 8!!!!
¿como puedo hacer para vereficar que lo que me dice es real? ¿puedo ir yo a algun lugar a verificar el tramite? me dice que solo falta el fallo ¿¿??
ayuda
Soy de Córdoba
gracias
 #525863  por jfrotela
 
La solución sería sustituír el patrocinio o revocar poder de tu abogado anterior; designar uno en el que confíes y corroborar lo dicho. Si vas vos, seguramente no vas a entender nada de lo que veas... Ahora, si lo dicho por tu abogado originario era cierto (sacando lo del periodo) seguramente habrás gastado el doble de dinero en honorarios y habrás quedado mal ante los dos... Si no era asi, seguramente lo solucionarás...
 #527462  por pulga
 
quedar mal no seria tanto, lo que me preocupa si son los gastos obviamente
pero ¿Puedo ir yo? ¿que pido? ¿el expediente? no necesito tanto entenderlo sino verificar que esta, que existe (ver para creer) pero necesito orientacion ¿donde me dirijo? ¿hay una mesa de entradas? archivo? algo asi? ¿por que pregunto? ¿causa? ¿expediente? ¿carpeta?
gracias
 #527578  por MABENDICENTE
 
Para la mayoría de la gente, el mundo judicial de Tribunales es un laberinto lleno de obstáculos, cuyo recorrido genera, ante todo, temor.
Esa es una de las principales razones por las que el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) pondrá en funcionamiento, a partir de mañana, la nueva Oficina de Atención Ciudadana. Se trata de un espacio de orientación para las personas que concurren al Poder Judicial, que estará abierto al público de lunes a viernes, de 8 a 18.
Esta dependencia -ubicada en el ingreso lateral del Palacio de Justicia I (Bolívar 260)- servirá de enlace entre los particulares que concurren a Tribunales para plantear sus problemas y los diversos organismos e instituciones competentes para darles curso a estos trámites.
"Tiene como objetivo proporcionar información responsable, orientación eficiente y acompañamiento", dice Mercedes Blanc de Arabel, una de las vocales del TSJ que trabajó más de cerca en el proceso de diseño e implementación de la iniciativa.
"Por lo general, las personas que ingresan a Tribunales se atemorizan: se desubican, se desorientan porque deben hacer trámites que no les son familiares. Es información sencilla, pero que para muchas personas no es obvia", explica la magistrada, para describir una de las principales causas que llevaron al TSJ a materializar una oficina de este tipo.
La idea es que el acceso a la Justicia se amplíe, en vez de restringir la información.
"Se desanda un camino de acceso a la Justicia mucho menos farragoso", señala Blanc de Arabel.
La atención incluirá situaciones de crisis, como cuando hubiera personas desbordadas. En estos casos, actuará un equipo de profesionales e incluso se dispondrá de un vehículo identificado para trasladar a la gente de un edificio de Tribunales a otro, hacia un registro público, etcétera.
El personal (cinco integrantes) fue seleccionado entre empleados del Poder Judicial. Habrá asistentes sociales, especialistas en atención al público y en coordinación de redes.
Desde cómo inscribir un bien de familia o transferir un vehículo, hasta saber cuál es el derecho de un niño, la nueva oficina pretende cubrir un amplio abanico de derechos y responsabilidades.
Consultas:a los teléfonos (0351) 423-0379 y 423-2476. Conmutador: 422-9060/65, internos 2079, 2082 ó 2243. También podrá remitirse un correo electrónico a la dirección: PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gob.ar.
 #528032  por carub
 
Bueno, ante todo les agradezco sus valiosas opiniones aunque me asusta eso de los ocho años, mi cliente me va a matar!!!!!. En el caso de iniciar la escrituracion , les cuento que mi cliente, ahora, vive en Corrientes con lo cuaL DIGANME USTEDES SI SE PUEDE HACER UN PODER A MI FAVOR, en tal caso el poder puede firmarlo solo mi cliente o debe firmarlo tambien su esposa ya que la propiedad esta a nombre de los dos?????
 #534141  por orquidea
 
Hace unos años compre un terreno con una Cesión de Derechos porque en esos momentos la persona A que me vendía no tenia en su poder el titulo de propiedad del mismo. Esta persona A adquirió dicho terreno como forma de pago por unos trabajos de agrimensura realizados a la persona B y como en ese tiempo se encontraba abierta la sucesión del padre de la persona B se anoto el traspaso de titularidad en una hijuela de dicho expediente. La persona A nunca saco copia de dicha hijuela. Con el paso del tiempo el expediente sucesorio se pierde en los juzgados. Al momento de hacer la Cesión de Derechos la persona B vivía y estuvo presente ante el Escribano junto con la persona A, dando fe de la transferencia hecha en aquellos tiempos. La Cesión de Derechos entonces quedo asi: la persona B cede a la persona A y al mismo tiempo la persona A me cede los derechos a mi… Intente rastrear el expediente sucesorio en Archivo General de la Provincia, sin poder encontrarlo. La persona B murió y la persona A que no vive en la provincia se encuentra muy enferma. De la Cesión de Derechos pasaron ya 6 años. El terreno ya esta edificado y las deudas municipales ya están saldados. Mi pregunta es: ¿cómo debo hacer para escriturar el terreno a mi nombre si solo cuento con mi Cesión de Derechos?
 #534642  por pulga
 
muchas gracias Mabendicente!!! por el dato....sino la gente comun ¿como nos enterariamos de esas cosas?? gracias
 #534825  por ANAMARIAP
 
Y si la Sra murió? quizas podes rastear por internet si hay abierta sucesion...o pedir oficio a la cam electoral para que informen si tienen la partida de defuncion, es una idea, un saludo