Hola!!! Buenas noches!! Necesito inscribir un bien en el RPI en provincia de Bs As - es una sucesión que tramita en Santa Fe-, allá inscribimos declaratoria y transferimos a nombre de los herederos (es decir podemos pedir solo inscripción o inscripión y transferencia,).- La consulta puntual, es si en pcia de bs as también se puede pedir inscripción - o inscripción y transferencia.- Me comentaron que que esto último solo se pide cuando existe tracto abreviado hacia un tercero, y que si los bienes quedan para los herederos solo se pide inscripción de declaratoria y allí se hace la transmisión, es así????
Muchas gracias, y saludos.-
Muchas gracias, y saludos.-
