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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #525532  por EDUARDO SUAREZ
 
hugo2 escribió:
EDUARDO SUAREZ escribió:Evidentemente dentro de lo absurdo de ANSES cabe la posibilidad de verificar a los autónomos (20+23) Como?
Es una manera de cerrar la canilla.
Todo esto rige por supuesto para los pagos extemporaneos.
Eduardo no son autonomos, son independientes.
Tenés razón, en el fragor de las novedades se me chispoteó :oops:
Y por otro lado, vos pensaste que alguien del foro iba a pensar que en una noche de insomnio ibas a inventar lo que subiste?
Tranquilo, pero,..... todo mal :oops:
 #525533  por EDUARDO SUAREZ
 
El servidor del portal debe estar por colapsar...
 #525542  por andrea1982
 
Alea jacta est.
 #525559  por layeya
 
La verdad, no se que hacer...justo mañana iba a pagar 1 año de SDM, y pedir el turno, después tengo que dar la cara con el cliente!!
 #525565  por hugo2
 
EDUARDO SUAREZ escribió:
hugo2 escribió:
EDUARDO SUAREZ escribió:Evidentemente dentro de lo absurdo de ANSES cabe la posibilidad de verificar a los autónomos (20+23) Como?
Es una manera de cerrar la canilla.
Todo esto rige por supuesto para los pagos extemporaneos.
Eduardo no son autonomos, son independientes.
Tenés razón, en el fragor de las novedades se me chispoteó :oops:
Y por otro lado, vos pensaste que alguien del foro iba a pensar que en una noche de insomnio ibas a inventar lo que subiste?
Tranquilo, pero,..... todo mal :oops:
Lo que pasa EDUARDO es que varios dudaron si no era un invento, hasta me pregunte porque caraj.. lo publique como le dije a algunos colegas que me consultaron por mp, talvez no pase nada, pero que pasaba si despues del 05/04 publicaban que no les aceptaron el tramite, hicieron pagar un monton de dinero a sus clientes, que les pedian mas pruebas, etc. y yo ya lo sabia y no dije nada.
 #525578  por carovr668
 
Hugo2: yo te agradezco la publicacion, en este pais lo que esta mal no es como nos enteramos de estas cosas, sino como se legisla!! por favor!!! si ya tienen esto decidido publiquen y listo!! yo igual me arriesgo y mañana un cliente paga dos años de sdm, a ver que me dicen cuando ya este ingresado el pago, o es que tambien tendremos que ir con la Constitucion Nacional debajo del brazo para que nos entiendan!!! Saludos a todos. Otra vez, gracias hugo2
 #525588  por PICASSO08
 
Hugo2: Enlo personal solo agradecimientos, no tenes nada que reprocharte, esta perfecto lo que hiciste, lo que pasa que algunos no saben como expresar sus angustias, da vuelta la tortilla, mira si lo que hubieses publicado sea que se extiene la moratoria (ademas de ser una gran noticia, te lloverian agradecimientos) asi que repito solo Gracias.- Esperemos que Bossio no salga a Decir Felices Pascuas la Casa esta en orden (es solo una broma, no es por ninguna alusion politica)
 #525591  por noelin
 
LA CULPA NO ES DEL MENSAJERO.... GRACIAS POR AVISAR A TODOS
 #525592  por empedocles
 
Hugo: lo tuyo no fue otra cosa que una muestra más de tu solidaridad :)
 #525599  por juprevi
 
hola a todos,perdon pero ya no entiendo mas nada,
segun la dis 01/10, que acabo de leer, dice que se refiere al esquema de la normativa 57/08, entonces, donde queda el grupo iv, trabajadores independientes?
por otro lado los requisitos a pedir serian (ya sean rrdd o independientes),
for 102 con datos del dador de trabajo, tickets de pago y el anexo I (dde va dador de trabajo, hs x semana y periodo) y ya esta? todas se van a conseguir una amiga,prima,cuñada,etc,que diga que la ayudaba 2 veces por semana tres horas.
por favor, que alguien me ayude a entender,realmente me perdi
saludos judith
 #525602  por empedocles
 
Personalmente no puedo arriesgar ninguna opinión diferente a la tuya y dudo de la certeza que otros pudieran esgrimir porque está todo así como vol lo ves.-
Del autónomo, nada.-
Referido a la tía, prima, blabla, de la lectura de la Disposición surge que en la circular que se emita se "pulirán" las condiciones, y también menciona las verificaciones estrictas que se ordenen.- Todo en el aire por hoy *leo*
 #525604  por juprevi
 
hola, empedocles, fijate que ademas dice opcionalmente, se pediran libretas de trabajo, comprobante obrasocial, sindicato.
no piden certificaciones de servicios.
yo creo que esto va a correr para rti y pensiones. ademas, no entiendo lo de que resultara aplicable para los periodos posteriores a 01/2006, ¿que significa?, del 04/2000 al 12/2005 no van a pedir nada?
dijera el nano, harta ya de estar harta,ya me canse,
Felices Pascuas a todos.
judith
 #525606  por hugo2
 
Podemos poner lo que se nos ocurra, inventar sueldos, horarios de trabajos, empleadores ( tias, primas, amigas, algun pariente fallecido como alguien me dijo por MP, Etc ), hasta podremos inventar el domicilio de trabajo, pero segun dice la norma " DEPENDIENDO DE LOS RESULTADOS DE LA VERIFICACION, SE CONVALIDARA O RECHAZARA LA PETICION DE DERECHOS PREVISIONALES ", un fallecido no podra atestiguar a nuestro favor, no podremos poner a cualquiera con el riesgo que lo visiten, pero para mi lo que es mas importante de todo, jamas me arriesgaria a hacerle pagar a alguien ya sea $500 o $2500 con el riesgo que le rechazen la jubilacion. Hasta ahora cual era el riesgo, errores en el sicam ( se anula y se hace de nuevo), mala imputacion del pago ( se pide reimputacion ), no aparece en el sipa ( esperamos unos dias mas o pedimos informes de pagos en afip), pero todas estas situaciones son manejables y sabiamos que si las arreglamos al final el cliente se jubila. Pero ahora no depende de nosotros, sino de los distintos criterios, de los distintos tipos, de las distintas udais. Porque por mas diligencia y cuidado conque hagamos el tramite igual lo pueden rechazar.
 #525611  por juprevi
 
Hola Hugo, tal cual, pero si trabajas correctamente y le decis bien clarito como es el tema, que ellas te traigan al dador de empleo, sabiendo a lo que se exponen,¿que te van a reclamar? la gente sabe mejor que nadie que son truchos, es mas o menos como cuando le sacas la cuenta de los sdm capital y los intereses, al darle la opcion se quedan con el capital, en mi caso firman una conformidad, de donde surge que optaron ellos por no pagar los intereses, pero yo se los aclare, y por las dudas "que no recuerden", queda firmado.
 #525613  por ariel648
 
Lo que interpreto a mi modesto entender es que se viene una reforma a la Circular 57/08 por un lado, está disposición se aplica a las SDM bajo relación de dependencia o sea las $ 55. Lo cuál no resultaría alcanzado el sdm autonomo.
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