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  • unificar Tasa justc en juic sucesorios conexos por 1 Inmble

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 #525262  por eliana555
 
HOla!!!
Necesito saber si existe la posibilidad de pagar una sóla vez la Tasa de Justicia, existiendo 3 juicios sucesorios conexos por mismos herederos y un mismo y unico inmueble?? Es posible que de plantearlo me lo hagan a lugar????
Gracias y saludos!
:)
 #525273  por kantaclaro
 
En c/u de los sucesorios se transmitirá una parte del inmueble; siendo seguramente en el último donde la transmisión lo será al último de los herederos vivos. En cada uno tributará conforme el % que se transmita. Saludos
 #525332  por eliana555
 
¨Gracias por responder!
Ahora, a ver si entendí:
debo entender con ello que no me darán a lugar la unificación del pago, dado que sigue siendo el % de la tasa, un tributo "percapita" por c/ causante indiviso del inmueble??!
Es decir, el % no es por la cantidad de bienes, si no por la/s persona/s (causante) dueño/s del mismo?!

Si es así, mi planteo partía por buscar una coherencia con la realidad

Pienso: Si la/s tasa/s la paga el Heredero que es unico e indivisible, y al mismo timepo dicho pago se multiplica ( dado la cantidad de causantes) porque el % se establece por cantidad de juicio suc conexos, y no por inmueble, parecería injusto pagar repetidas veces, un mismo porcentaje por un mismo inmueble ( en este caso en particular)

un solo heredero , un solo inmueble y 3 causantes!!!! ese es el planteo
Por eso quería saber si existe la posibilidad, o alguien ya realizó el planteo de pagar una sola vez la tasa de justicia.

Pero creo que la respuesta, corre por la naturaleza jurídica del juicio mismo no?
 #525467  por sole10
 
eliana555 escribió:¨Gracias por responder!
Ahora, a ver si entendí:
debo entender con ello que no me darán a lugar la unificación del pago, dado que sigue siendo el % de la tasa, un tributo "percapita" por c/ causante indiviso del inmueble??!----->Este término,no existe;lo indiviso es la masa hereditaria,no el causante.

Es decir, el % no es por la cantidad de bienes, si no por la/s persona/s (causante) dueño/s del mismo?!
El % se fija de acuerdo a las sucesivas transmisiones hereditarias que vayan ocurriendo.
En el caso que planteás,hubo 3 causantes -de un sólo inmueble-,pero no pierdas
de vista que cada persona (causantes ahora) fue adquiriendo su condición de heredero desde la muerte del anterior causante;el hecho de que en su oportunidad no se hayan abierto sus respectivas sucesiones,no obsta a que tenían tal derecho adquirido,que ahora pasó a tu cliente,debiéndose abonar las respectivas cargas


Si es así, mi planteo partía por buscar una coherencia con la realidad

Pienso: Si la/s tasa/s la paga el Heredero que es unico e indivisible, y al mismo timepo dicho pago se multiplica ( dado la cantidad de causantes) porque el % se establece por cantidad de juicio suc conexos, y no por inmueble, parecería injusto pagar repetidas veces, un mismo porcentaje por un mismo inmueble ( en este caso en particular)
Se paga en proporción a lo que cada heredero había recibido y ahora se transmite,no importa que se traten de expedientes conexos (la conexidad se pide a los efectos de la celeridad y economía procesal).No tiene que ver con el pago de tasa de justicia

un solo heredero , un solo inmueble y 3 causantes!!!! ese es el planteo
Por eso quería saber si existe la posibilidad, o alguien ya realizó el planteo de pagar una sola vez la tasa de justicia.

Pero creo que la respuesta, corre por la naturaleza jurídica del juicio mismo no?
 #525544  por eliana555
 
ok!
respecto a lo "remarcado en colorado" me expresé mal es cierto!!! fue un error de expresión!!

Ahora respecto a las "cargas" que recaen sobre el heredero, tiene una lógica jurídica que parece indiscutible, pero sigo pensando que no se ayorna muchas veces con la realidad.
Por eso mi planteo, que podría resultar sumamente interesante, creo, dadas las condiciones económicas por las cuales algunos atraviesan.

La conexidad, está más que claro q se trata de "economía procesal". Mi planteo es otro.
Tampco tiene que ver la tasa de justicia con la conexidad, es cierto!!, pero sigo insistiendo que mi planteo es otro! tiene que ver con una realidad más que con una lógica formal.


Mi pregunta o planteo me resultó interesante, desde una perspectiva menos formal y procesal, para ver como uno podría fundamentar este tema y garantizar de alguna manera el acceso a un derecho hereditario y hacerlo efectivo , sin que ese acceso esté constantemente condicionado por trabas onerosas, no???. Digo todo es discutible, según el punto de vista en que se lo mire.

Pero bueno, creo que así son las reglas del juego en el proceso judicial.

Mil gracias!!
Sds.