Hola, Bueno mi consulta es básicamente sobre la capacidad para ser comerciante... En vista de la modificación del Código Civil respecto a la mayoría de edad, me surge la duda si los Artículos 10 y 11 del código de comercio quedan sin efecto, ya que habla de los menores autorizados... Como se toma ahora? Son capaces para ejercer el comercio todo mayor de 18 años sin necesidad de enmancipación.. Un menor de 18 años puede enmanciparse para ejercer el comercio?
Espero se entienda mi pregunta, soy estudiante y me surgió esta duda desde ya gracias..Saludos a todos
Espero se entienda mi pregunta, soy estudiante y me surgió esta duda desde ya gracias..Saludos a todos
