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  • USUCAPION.. JURISDICCION

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 #523407  por Valemaxi
 
tengo una duda sobre usucapion
la jurisdiccion la determina el domicilio del inmueble, hay alguna posibilidad de solicitar una prorroga por el domicilio del actor?
alguien puede recomendarme algun articulo o libro para leer sobre el tema?
alguien tiene un modelo de demanda?
 #523423  por agentil
 
Y el domicilio del actor debería ser el mismo del inmueble a usucapir..o no?
 #523631  por Valemaxi
 
no, el inmueble esta en Derqui, por lo tanto corresponden los tribunales de San Isidro y el domicilio del actor es en Moron!
 #523780  por agentil
 
Mirá nunca hice una usucapión pero entiendo que si queres hacer la usucapión de un inmueble supuestamente el actor debería vivir ahí o no? a no ser que sea un terreno.. saludos!!
 #523798  por sole10
 
Esto pertenece a un documento de Mordisco en "Todo sobre usucapión"

b)Ley 14.159 y decreto-ley 5756/58...

d)Competencia

El juez que deberá conocer el proceso, será el determinado por el lugar en donde se encuentra el inmueble, que es donde ha de recogerse la prueba de la posesión que debe acreditar el prescribiente y en donde se encuentran los registros que han de certificar conforme a lo dispuesto en el inc. a) del decreto
 #523888  por Valemaxi
 
El actual poseedor del terreno tiene un boleto de compraventa y hace 30 años que vive ahi. Escribano mediante, hizo una cesion de derechos posesorios a favor de mi cliente. La idea es presentar esa cesion de derechos y toda la documentacion que avala la posesion durante estos 30 años.
Por eso queria ver si se puede hacer en los tribunales de Moronn por el domicilio del actor, pero por lo que vi... no va a quedar otra que San Isidro!!!
Si alguien puede aportar algo mas!!!
 #678983  por carpediem777
 
Disculpa valemaxi pero aportar no puedo...pero queria preguntarte, ya que me cayó un caso muy similar al tuyo y la verdad jamás inicié una usucapión....lo sig.: mi cliente tiene una cesión onerosa de acciones y derechos posesorios con fecha del 2008, pueden iniciarla igual??????' es decir...ellos no necesitan ningún plazo para iniciarla????? digamos que se "suman" a la posesión de los anteriores dueños??? y...es mas importante probar la posesión anterior verdad????? en este caso los primeros siguieron la posesion de sus padres fallecidos....perodon por pregunta y no aportar pero fue el unico post que encontré similar a mi caso..me gustaría saber como estas llevando el caso...saludos!!!!