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  • Soy perita y no tengo calro cuando debo presentar cédula

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 #522625  por cssucunza
 
Hola, debo presentar un escrito estableciendo dia, hora y lugar en que se ralizará la pericia...la pregunta es si debo presentar las cédulas para que le corran traslado a las partes de ello.
En el caso que la respuesta sea afirmativa, la puedo presentar en el mismo momento en que presento dicho escrito o debo esperar a que dicten resolución?
Si la respuesta es negativa, entonces solo debo presentar cédulas al momento de la presentación del dictamen pericial ?, y en este caso sí puedo presentarlas al momento de presentar el dictamen ? o debo esperar tambien?
Estoy con los tiempos justos...
Gracias,
 #522634  por sole10
 
cssucunza escribió:Hola, debo presentar un escrito estableciendo dia, hora y lugar en que se ralizará la pericia...la pregunta es si debo presentar las cédulas para que le corran traslado a las partes de ello.
No,las cédulas las confecciona el letrado de la parte interesada en la producción de la prueba.Ud.solamente haga saber,en un escrito:dia,lugar y hora de la pericia y el juez resolverá.

En el caso que la respuesta sea afirmativa, la puedo presentar en el mismo momento en que presento dicho escrito o debo esperar a que dicten resolución?
Si la respuesta es negativa, entonces solo debo presentar cédulas al momento de la presentación del dictamen pericial ?, y en este caso sí puedo presentarlas al momento de presentar el dictamen ? o debo esperar tambien?
Estoy con los tiempos justos...
Gracias,
 #522638  por PsicologiaForense
 
cssucunza escribió:Hola, debo presentar un escrito estableciendo dia, hora y lugar en que se ralizará la pericia...la pregunta es si debo presentar las cédulas para que le corran traslado a las partes de ello.
En el caso que la respuesta sea afirmativa, la puedo presentar en el mismo momento en que presento dicho escrito o debo esperar a que dicten resolución?
Si la respuesta es negativa, entonces solo debo presentar cédulas al momento de la presentación del dictamen pericial ?, y en este caso sí puedo presentarlas al momento de presentar el dictamen ? o debo esperar tambien?
Estoy con los tiempos justos...
Gracias,
Hola, por lo general el día y hora en que se va a realizar la pericia no se notifica por cédula sino que quedan notificados el día de nota. Presentás el escrito con la fecha hora y lugar por lo menos 15 días de la fecha. Si te ponen NOTIFIQUESE mandás las cédulas a las partes, pero hacés el proyecto de cédula y lo dejás para la firma del Secretario. Los peritos no firmamos cédulas, solo los abogados. tenés que esperar a ver qué dice el despacho, por lo gral. Téngase presente. Podés avisarle al abogado para que sepa el día, así si no ve el expediente ya sabe cuando es.
Cuando presentás la pericia van a poner "de la pericia traslado a las partes. Notifiquese. Podés hacer el proyecto de cédula o pedirle al abogado que haga el traslado, eso lo hacen ellos por lo gral.
Saludos :mrgreen:
 #522645  por cssucunza
 
Gracias por su respuesta.

Yo, ya arreglé con quien debo realizar la pericia para que me tengan todo preparado...
Mañana presento el escrito para dejarlo formal en el expediente y notificar a todas las partes, y entonces tendría que darme una vuelta el martes nuevamente para ver que dice el despacho, no? Si le ponen Notifíquese, entonces dejo las cédulas confeccionadas para que las firme el secretario y las diligencien...

Y lo que me comentas del traslado a las partes del dictamen pericial, entonces me conviene ponerme en contacto con el abogado de la actora y listo, para que él se ocupe, no? pero tengo un problema, el abogado no me responde los mails, entonces quizás me convenga hacerlo yo y listo, no? me pueden sancionar por no hacerlo?
 #522657  por PsicologiaForense
 
cssucunza escribió:Gracias por su respuesta.

Yo, ya arreglé con quien debo realizar la pericia para que me tengan todo preparado...
Mañana presento el escrito para dejarlo formal en el expediente y notificar a todas las partes, y entonces tendría que darme una vuelta el martes nuevamente para ver que dice el despacho, no? Si le ponen Notifíquese, entonces dejo las cédulas confeccionadas para que las firme el secretario y las diligencien...

Y lo que me comentas del traslado a las partes del dictamen pericial, entonces me conviene ponerme en contacto con el abogado de la actora y listo, para que él se ocupe, no? pero tengo un problema, el abogado no me responde los mails, entonces quizás me convenga hacerlo yo y listo, no? me pueden sancionar por no hacerlo?
Mañana viernes presentás la pericia? Bueno, no creo que haya nada antes del jueves. De la pericia siempre se notifica por cédula. Podés confeccionarlas y dejarlas para la firma del secretario, pero lo mejor es que el traslado lo haga el abogado, llamálo por teléfono, el tel te lo dan si llamás al colegio de abogados y les decís nombre tomo y folio. También evitás que se puedan perder las cédulas :roll:
No te van a sancionar, pero por ahí el que resulta desfavorecido por los resultados la ve saca fotocopias, no notifica a nadie y tiene un montón de tiempo para elaborar un pedido de explicaciones que después tenés que contestar con poco tiempo.
byee *suerte*