Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • sucesion

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #522037  por vanesaferrer
 
hola colegas necesito de su ayuda, este es un caso que hemos discutido con otros colegas de Rosario y todos tenemos distintas opinones, haber que me dicen ustedes, resulta que una abogada comenzo la sucesion de una Sra A, quien a su vez se caso con B y tuvieron a C, el acervo hereditario solo cuenta con un 33% de un bien propio de A ( producto de la sucesion de sus padres), B quien tambien fallecio vendria a la sucesion y heredaria como un hijo mas porque solo hay ese bien que era propio de A, no hay otros bienes, en este caso solo quedaria como heredero C, mi duda y lo que afirmo yo es que solo tendria que acreditar el fallecimiento de B en la Sucesion de A para que herede C, o debo hacer la sucesion de B junto con la de A, si es asi no seria como hacer heredar a un muerto? es cosa de locos? gracias espero su ayuda.saludos
 #522077  por antihique
 
Entiendo que tenes que presentar a C y el certificado de defuncion de B para acreditar que C es el unico con derecho a heredar
 #522126  por sole10
 
vanesaferrer escribió:hola colegas necesito de su ayuda, este es un caso que hemos discutido con otros colegas de Rosario y todos tenemos distintas opinones, haber que me dicen ustedes, resulta que una abogada comenzo la sucesion de una Sra A, quien a su vez se caso con B y tuvieron a C, el acervo hereditario solo cuenta con un 33% de un bien propio de A ( producto de la sucesion de sus padres), B quien tambien fallecio vendria a la sucesion y heredaria como un hijo mas porque solo hay ese bien que era propio de A, no hay otros bienes, en este caso solo quedaria como heredero C, mi duda y lo que afirmo yo es que solo tendria que acreditar el fallecimiento de B en la Sucesion de A para que herede C, o debo hacer la sucesion de Bjunto con la de A, si es asi no seria como hacer heredar a un muerto? es cosa de locos? gracias espero su ayuda.saludos
Debes hacer la sucesión de B,pues al morir A antes que él (y siendo un bien propio de la causante),aquel la heredó.
No es cosa de locos,el derecho a suceder se adquiere en el mismo momento de la muerte del causante,no con el inicio del juicio sucesorio.
Saludos !!
 #522237  por draclaudine
 
ENTIENDO QUE TENES QUE HACER LA SUCESIÓN DE B, NO ACREDITAR SIMPLEMENTE SU FALLECIMIENTO, ES LA SUCESION DE UN MATRIMONIO, ES LA MISMA SITUACION QUE SI VOS INICIARIAS AHORA LA DE LOS DOS CAUSANTES... a A le sucede B y C, y por posterior fallecimiento de B sucede C. NO HEREDA UN MUERTO, YA HABIA HEREDEDADO Y DESPUES FALLECIO.
 #522241  por Rubito
 
Estoy totalmente de acuerdo con sole y claudine, es la sucesión de un matrimonio, y vas a tener que hacer la declaratoria de B, por que él fue heredero y ahora causante, lo va a decir la misma declaratoria...que por fallecimiento de A suceden B y C y por posterior fallecimiento de B, sucede C...es de lo mas simple. Podes pedir acumulación de expedientes por tratarse de los mismos bienes.
 #522264  por amg
 
To creo que a la sucesión de A concurre C por derecho propio y en representación de su padre fallecido, no hace falta sucesión de B
 #522282  por Rubito
 
No hay representación en este caso, el hijo heredo al padre, por que la parte de la madre ya la heredo.- Entonces hay que hacer la sucesión del padre, si la de la madre ya la hicieron.-
 #522326  por amg
 
Pero vanesaferrer dice: "...o debo hacer la sucesion de B junto con la de A..."
 #522392  por martinhm77
 
amg escribió:Pero vanesaferrer dice: "...o debo hacer la sucesion de B junto con la de A..."
Y por eso va a ser derecho de representacion????
 #522408  por draclaudine
 
SI LA SUCESION DE A ESTA ECHA PODES PEDIR QUE SE ACUMULEN, SI NO ME EQUIVOCO POR QUE TIENEN EL MISMO OBJETO O SEA LOS MISMOS BIENES. Y SI NO LA QUERES ACUMULAR ES LO MISMO. NO VAS A TENER PROBLEMAS, LA PODES HACER IGUAL, .
 #522496  por antihique
 
el acervo hereditario solo cuenta con un 33% de un bien propio de A ( producto de la sucesion de sus padres),


Entiendo que es un bien en condominio con otras personas.Por lo que el 33% de la madre lo heredaron padre e hijo.Por lo tanto el hijo heredo un porcentaje por derecho propio , si en la sucesion de A quedo declarado heredero , el hijo ya esta reconocido como heredero de la madre con lo que ya tiene su derecho a heredar a su madre en la sucesion de los abuelos
Ahora para heredar al padre lo heredera pero no por derecho de representacion.-
 #522589  por draclaudine
 
Vanessa los colegas rosarinos que te orientaron en otro sentido tienen que desempolvar los libros de civil VI.-