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 #519900  por silvia pinar
 
Hola que tal , necesito que alguien me de una mano por favor , tengo un cliente que compro una propiedad con boleto y la persona que le vendio no es el titular registral , en realidad era la poseedora de ese inmueble por mas de 20 años y lo que tendrian que haber hecho es una sesion de derechos y acciones pero el profesional que atendio a mi cliente en el 2001 confecciono un boleto , ahora el Sr. quiere escriturar , yo no se si se puede iniciar una usucapion y adjuntar el boleto tomandolo como sesion ? estoy perdida. desde ya muy agradecida
 #519971  por kantaclaro
 
El tema es que para iniciar una usucapión debe reunir, entre otros, el requisito de la posesión vicenal, probar el pago de impuestos municipales y provinciales, etc. Saludos
 #520129  por BATUCHI
 
Tu cliente es continuador de la posesión del vendedor por boleto. En relación a eso no hay problema. Pero, como bien te dijeron, debe tener prubas de que esa anterior posesión lo fue por veinte años o casi veinte que se completaron con la posesión de tu cliente. Sería interesante contactar al anterior poseedor (vendedor x boleto) y pedirle lo que tenga de impuestos pagados, facturas de luz, agua, reformas que hubiere realizado, en fin, lo que se te ocurra que nada será poco.
 #520201  por silvia pinar
 
El probema es que el que le vendio desaparecio , mi cliente compro y tiene la posesion ademas hizo una construccion de dos plantas esta ubicado en una zona muy buena pago los impuestos durante 10 años , los anteriores no tiene nada .
 #520551  por marale
 
silvia pinar escribió:Hola que tal , necesito que alguien me de una mano por favor , tengo un cliente que compro una propiedad con boleto y la persona que le vendio no es el titular registral , en realidad era la poseedora de ese inmueble por mas de 20 años y lo que tendrian que haber hecho es una sesion de derechos y acciones pero el profesional que atendio a mi cliente en el 2001 confecciono un boleto , ahora el Sr. quiere escriturar , yo no se si se puede iniciar una usucapion y adjuntar el boleto tomandolo como sesion ? estoy perdida. desde ya muy agradecida


Se necesita CESION (No sesion) de Derechos Posesorios, con la cesion haces la prescripcion por accesion de posesiones. De todas formas tenes que acreditar una posesion por 20 años o mas continua, ininterrumpida, pacifica, publica y con animo de dueño. Pruebas: plano de levantamiento territorial, mejoras en el inmueble, testimoniales, impuestos pagos o plan de pagomás inspeccion ocular.
Pobre tu cliente 1º un abogado que no le hace mal el instrumento de adquisición de la posesion y ahora vos que estas perdida :roll: :roll: :roll: .
Suerte
 #520557  por nataliamedina
 
me orientas como hago una prescripción adquisitiva por cesión de derechos posesorios? o entendi mal? la verdad que las usucapion son bastante engorrosas y largas.
 #520663  por Sailaw
 
En este caso, está cantado para hacer una acción por escrituracion, existiendo boleto, y existiendo posesión, no existe prescripción de boleto, y el procedimiento de notificación es sencillo, oficios a registro de las personas, secretaría electoral, y si son negativos, edictos.

La acción por escrituración es más sencilla que la usucapión.