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  • CONCURSO, COMO SIGO LUEGO DE QUE EL SINDICO ACONSEJA????

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 #515399  por DraMaricel
 
Que tal foristas, buenos días... tengo un cliente laboral que le hize la verificación ante el síndico.-
El síndico aconsejo -con respecto a mi cliente-:
"PRIVILEGIO GRAL." $2000.- y PRIVILEGIO ESP. Y GRAL.$5000.- (inadmisible $1000.-)
ahora.... que es lo que tengo que hacer para que mi cliente cobre??? como sigue la historia?? art. 36???
es en pcia. de buenos aires.... espero su ayuda.... para ver como sigo.... muchas gracias!!!
saludos
 #515627  por Jugador
 
Que tal foristas, buenos días... tengo un cliente laboral que le hize la verificación ante el síndico.-
El síndico aconsejo -con respecto a mi cliente-:
"PRIVILEGIO GRAL." $2000.- y PRIVILEGIO ESP. Y GRAL.$5000.- (inadmisible $1000.-)
ahora.... que es lo que tengo que hacer para que mi cliente cobre??? como sigue la historia?? art. 36???
es en pcia. de buenos aires.... espero su ayuda.... para ver como sigo.... muchas gracias!!!
saludos

Hola.. Me imagino por lo que contas que es una verificacion laboral normal y no mediante pronto pago.
El sindicio en el informe individual recomienda al tribuanl, pero no es el quien en definitiva decide (auque es muy influyente su opinion).
Tenes que esperar la resolucion del Art. 36, en la que se va a tener tu credito por verificado o admisible o no. Depues vas a tener que averiguar cuando debe presentar el sindico el informe general, por medio de este te vas a dar una idea de las posibilidades de pago de la concursada.
Si hay acuerdo vas a cobrar conforme al mismo. Si no hay acuerdo, se va a decretar la quiebra, y se realizaran los bienes de la concursada, cobrando tu cliente del producido de la misma.
saludos!
 #517158  por DraMaricel
 
Jugador escribió:Que tal foristas, buenos días... tengo un cliente laboral que le hize la verificación ante el síndico.-
El síndico aconsejo -con respecto a mi cliente-:
"PRIVILEGIO GRAL." $2000.- y PRIVILEGIO ESP. Y GRAL.$5000.- (inadmisible $1000.-)
ahora.... que es lo que tengo que hacer para que mi cliente cobre??? como sigue la historia?? art. 36???
es en pcia. de buenos aires.... espero su ayuda.... para ver como sigo.... muchas gracias!!!
saludos

Hola.. Me imagino por lo que contas que es una verificacion laboral normal y no mediante pronto pago.
El sindicio en el informe individual recomienda al tribuanl, pero no es el quien en definitiva decide (auque es muy influyente su opinion).
Tenes que esperar la resolucion del Art. 36, en la que se va a tener tu credito por verificado o admisible o no. Depues vas a tener que averiguar cuando debe presentar el sindico el informe general, por medio de este te vas a dar una idea de las posibilidades de pago de la concursada.
Si hay acuerdo vas a cobrar conforme al mismo. Si no hay acuerdo, se va a decretar la quiebra, y se realizaran los bienes de la concursada, cobrando tu cliente del producido de la misma.
saludos!
Gracias por contestarme, sos clarísimo... ahora... sabes que es un cliente laboral y.... y cuando hice la verificación ante el síndico... hice la reserva de PRONTO PAGO!!!! que pasó con eso??? donde lo veo o donde me influye???
Muchisimas gracias!!!