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  • mi primer sucesión

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 #514486  por anamaria72
 
Hola, soy nueva en la profesión, y es mi primer sucesión, tengo dudas basicas,
me piden:
1 publicación de edictos en el Boletìn Judicial y en el diario EL CENSOR LANUSENSE de Lanùs,
2. que libre la planilla de juicios universales ( Ley 7205.-) donde la presento?
3. que cumpla con la Ley 10.205.-
4. que se libre oficio al Registro de Testamentos del Colegio de Escribanos Provincia de Bs. As a fin de que informe sobre la existencia de testamentos y otra disposiciòn de ùltima voluntad emanada del causante de autos.
alguien tiene algun modelo de esto?? muchas gracias
 #514494  por kantaclaro
 
Respecto a los edictos, fijate si el modelo lo imprime el juzgado; caso contrario lo deberás hacer vos y dejarlo a la firma. Luego, para su publicación pagás $ 40 en el Bco. Pcia. y para el diario zonal pgta. en la misma dependencia del boletín.
La 7205 (que debiste acompañar con la dda.), debés presentarla en el juz. quienes, seguramente, la diligencian.
La ley 10205 es el of. al IPS (lo confeccionás y lo diligenciás por medio de una gestoría).
Para el of. a testam. adquirís un formulario en el col. de escribanos, lo completás, adjuntas copia de la partida de def. y lo dilig. por gestoría. Saludos y suerte
 #517589  por Mordisco
 
El oficio letrado lo redacta, firma y sella el profesional, para luego presentarlo directamente al Colegio de escribanos, con la transcripcion del auto que ordena la medida; Ej: "Buenos Aires, Agosto 2 de 200 ... Líbrese oficio al Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos a los fines de que informe si se encuentra registrado en sus archivos un testamento otorgado por el causante...

Yo concluyo el oficio con: "Diligenciado que fuere sírvase devolver lo actuado al juzgado de origen. Saludo con atenta consideración."
 #517593  por Mordisco
 
Al menos en mi pago, eu lo paso a retirar en el plazo de 24 horas (eso demora en Fsa), luego saco copia del informe del colegio, agrego al expte el original y sobre la copia queda el cargo de entrada al juzgado
 #517641  por sole10
 
4. que se libre oficio al Registro de Testamentos del Colegio de Escribanos Provincia de Bs. As a fin de que informe sobre la existencia de testamentos y otra disposiciòn de ùltima voluntad emanada del causante de autos
En Pcia.de Buenos Aires,el oficio al Registro de Testamentos (Ley 9020),es un pliego que se adquiere en el Colegio de Abogados o el Colegio de Escribanos,el cual viene con un número de serie;el mismo se debe completar a máquina,por duplicado y con firma del letrado que lleva el sucesorio (no se transcribe ningún auto).
Una vez efectuado lo anterior,se hace sellar con el sello medalla del juzgado y se lleva a diligenciar (se puede presentar directamente ante el Colegio de Escribanos del lugar o llevarlo a una gestoría;el oficio se responde en un plazo de 15 a 20 dias corridos.
No hace falta adjuntar copia de partida de defunción para diligenciarlo.
 #517643  por dss
 
gracias!
me sirvió a mí tambien...., tenia la misma duda sobre ese oficio.
 #551349  por fabidoc
 
Gente, en San Isidro me piden en una sucesión que libre oficio al Reg. de Testamentos de CAPITAL. El de Prov. ya lo diligencié.
Es correcto eso????Gracias
 #551350  por fabidoc
 
Aclaro que el causante vivió y falleció siempre con domicilios en provincia. No sé si es una nueva disposición.
 #551365  por sole10
 
fabidoc escribió:Gente, en San Isidro me piden en una sucesión que libre oficio al Reg. de Testamentos de CAPITAL. El de Prov. ya lo diligencié.
Es correcto eso????Gracias
Para mi es nuevo,pero si el juzgado lo pide,se deberá diligenciar.
 #551369  por fabidoc
 
Claro que sí. Solo que es la primera vez que me pasa. Por eso la duda.
Gracias