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 #512176  por natuole
 
Hola a todos: Los molesto para hacer una consulta urgente porque tengo audiencia el miercoles.- Resumo el caso.
Mi hermana patrocino a la heredera en una sucesion, llego a la dh luego la heredera se puso otro abogado, regularon honorarios, y la heredera se notifica en forma personal con su patrocinante de la regulacion de honorarios.- Pasaron 2 años y no abono sus honorarios.- Inicio yo patrocinando a mi hermana la ejecucion de honorarios, nos dan el embargo todo bien, pero antes de que le llegue la notificacion del juicio deposita los honorarios regulados en el sucesorio en una cuenta que abrio en el banco pero obviamente no los intereses y en la ejecucion de honorarios opone excepcion de pago. El juzgado designa audiencia para este miercoles, por eso mi apuro, no se que va a pasar. El tema es que el abogado de la sra. tiene banca en el juzgado, en una audiencia anterior tenia al que tomo la audiencia totalmente de su lado.-Una de las cosas que el abogado cuestiona es que no se notifico con cedula con transcripcion del art 54, Pero se notifico personalmente con patrocinio letrado y ademas el juzgado lo acepto.- El otro tema y fundamental es como defender en la audiencia el tema de los intereses con sustento legal, no encuentro nada ni de jurisprudencia que me salve.- El pago de los honorarios esta hecho justo antes de que le llegue la notificacion - el abogado sabia de la existencia de este proceso- Bueno gracias..
 #512906  por antihique
 
Te han notificado para que cobre los honorarios????
Mira yo entiendo que el tema honorarios debes resolverlo en la sucesion el deposito es por capital,entonces debes solicitar se determinen intereses o en su caso realizar una liquidacion donde se establecera los intereses ( actualmente se esta fijando por la tasa activa del banco nacion) y deberas notificarlo y que quede firme los intereses
Podra por medio de orden judicial cobrar lo depositado a cuenta de ..... o si no tiene apuro previo pedir la liqudacion cobra por intereses primero.-
En la demanda de honor la excepcion de pago rechazala diciendo que a la fecha no ha percibido ese dinero que solo esta depositado pero no tiene la disponibilidad por lo que no puede decirse que exista pago en sentido tecnico.-