Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONSULTONTA... SOBRE HERENCIA

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #510220  por JoMarch
 
EL YERNO HEREDA EN LA SUCESION DE LOS SUEGROS?
ALGUN EXPERTO QUE ME DESASNE Y ESTARE MUY AGRADECIDA.
ADEU
 #511440  por JoMarch
 
OK. GRACIAS.
LOS LEI... PERO NO ME QUEDA MUY CLARO.
SIEMPRE ME COSTO LLEVAR ESO AL CASO CONCRETO. LAS SUCESIONES NO SON LO MIO... CON LOS BUENOS HONORARIOS QUE DEJAN
JAJAJAJAJ
TE PONGO EL CASO EN BREVES PALABRAS.
MATRIMONIO SIN HIJOS. A Y B
MUERE MADRE DE A.
MUERE PADRE DE A.
MUERE A.
LOS PADRES DE A TENIAN BIENES.
A TIENE UN HERMANO.
EL HERMANO DE A, EXCLUYE AL CONYUGE SUPERSTITE B EN LA SUCESION DE LOS PADRES DE A.?

SI PODES TE AGRADECERIA LA RESPUESTA.
ADEU
 #511561  por antihique
 
hola una sugerencia en la parte superior de esta pagina hay un buscador coloca sucesiones herederos y te van a aparecer mucha informacion sobre el tema
 #511605  por martinhm77
 
Hola, hay un fallo de la Pcia de Cordoba creo que del año pasado que acordó al yerno en un caso como el planteado el mismo derecho que a la nuera viuda sin hijos, pero en principio no procedería, la ley es clara
Lamentablemente no tengo la cita del fallo
 #511893  por antihique
 
Re: inedito fallo que declara incostitucional el art 3576 ' CC
por estudiantin el Jue May 21, 2009 9:30 pm

resumen del fallo:


SUCESIONES. Declaratoria de herederos. Yerno viudo sin hijos que se presenta como heredero, invocando un derecho propio de acceder a la sucesión de su suegra. Artículo 3576 bis del Código Civil. Nuera viuda sin hijos. Derecho a heredar los bienes que le hubieren correspondido a su esposo en la sucesión. DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD. Admisibilidad. Discriminación arbitraria entre el hombre y la mujer, por razón de sexo, prohibido por el artículo 16 de la Constitución Nacional. Igualdad real de oportunidades de trato (art. 75 inc. 23 de la C.N.). Convención Americana de Derechos Humanos

"M. O M., A.- declaratoria de herederos-" - JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 27 DE CORDOBA - 30/04/2009 (Sentencia no firme)


en esta pagina donde dice buscar pone yerno heredero y te aparece mucha informacion incluido el fallo completo
 #511956  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola. Sólo una aclaración : Cuando sugerí que se podía aplicar el artículo que se refiere a la nuera viuda y sin hijos, no me percaté de que en este caso se trataba de un yerno y no de una nuera. Por ende, si nos atenemos a la letra estricta de la ley, no hay más nada que hablar. Sin embargo, no me sorprende que, aisladamente pueda haber una jurisprudencia que, como la que aporta el colega anterior, declare a aquella norma inconstitucional, por hacer una discriminación entre hombre y mujer. Pero tal distinción tiene una explicación de contexto histórico, social,etc ( no recuerdo ahora, pero me parece que la norma vino con la reforma de la 17.711, año 1969, no ? ), en el cual, por se brindaba una protección específica a la mujer por considerar que podía quedar en una situación de desamparo en tales circustancias. Y más allá de que tales extremos´hayan cambiado notablemente, no creo que haya muchos jueces que cuestionen su aplicación. Habrá que investigar, buscar fundamentos, y probar. Un abrazo.
 #512110  por sole10
 
JoMarch escribió:OK. GRACIAS.
LOS LEI... PERO NO ME QUEDA MUY CLARO.
SIEMPRE ME COSTO LLEVAR ESO AL CASO CONCRETO. LAS SUCESIONES NO SON LO MIO... CON LOS BUENOS HONORARIOS QUE DEJAN
JAJAJAJAJ
TE PONGO EL CASO EN BREVES PALABRAS.
MATRIMONIO SIN HIJOS. A Y B
MUERE MADRE DE A.
MUERE PADRE DE A.
MUERE A.
LOS PADRES DE A TENIAN BIENES.
A TIENE UN HERMANO.
EL HERMANO DE A, EXCLUYE AL CONYUGE SUPERSTITE B EN LA SUCESION DE LOS PADRES DE A.?

SI PODES TE AGRADECERIA LA RESPUESTA.
ADEU
Estimada:
Entiendo que A y B son el matrimonio;muere la madre de A y luego su padre:A heredó a sus padres ya que ellos murieron antes que ella (adquiriendo de pleno derecho su calidad de heredera=bien propio),por ende,su esposo sí hereda la parte de su esposa,concurriendo con el hermano de A en el sucesorio de sus padres (suegros de B).
Si no entendí bien,sepa disculpar,a veces las neuronas hacen piquetes negándose a trabajar :D
Saludos !!!
 #513386  por JoMarch
 
OK SOLE.
LO QUE VOS DECIS ES QUE COMO LOS PADRES DE A MURIERON ANTES QUE ELLA, AHI ENTRARON LOS BIENES EN EL PATRIMONIO DE A COMO BIENES PROPIOS. POR LO QUE B LOS HEREDA AL 100% YA QUE NO HAY HIJOS. POR LO TANTO CONCURRE CON EL HERMANO DE A EN ESA SUCESION. ES DECIR 50% PARA EL HERMANO DE A 50% PARA EL ESPOSO DE A O SEA EL VIUDO.
EL TEMA QUE ME PLANTEARON GENEROSAMENTE LOS COLEGAS DE LOS POST ANTERIORES ES EL CASO QUE A MUERE ANTES QUE SUS PADRES.
VOY ENTENDIENDO!!!!!!!!!!!!!!!!!
GRACIAS TOTALES A TODOS!!!!!

SI DIJE GANSADAS CHIFLEN :)
 #513433  por sole10
 
JoMarch escribió:OK SOLE.
LO QUE VOS DECIS ES QUE COMO LOS PADRES DE A MURIERON ANTES QUE ELLA, AHI ENTRARON LOS BIENES EN EL PATRIMONIO DE A COMO BIENES PROPIOS. POR LO QUE B LOS HEREDA AL 100% YA QUE NO HAY HIJOS. POR LO TANTO CONCURRE CON EL HERMANO DE A EN ESA SUCESION. ES DECIR 50% PARA EL HERMANO DE A 50% PARA EL ESPOSO DE A O SEA EL VIUDO.
EL TEMA QUE ME PLANTEARON GENEROSAMENTE LOS COLEGAS DE LOS POST ANTERIORES ES EL CASO QUE A MUERE ANTES QUE SUS PADRES.
VOY ENTENDIENDO!!!!!!!!!!!!!!!!!
GRACIAS TOTALES A TODOS!!!!!

SI DIJE GANSADAS CHIFLEN :)
Yo entendí eso,que los padres de A fallecieron antes que su hija -ergo-desde ese momento,ella los heredó (pasando ser un bien propio la proporción que le correspondia),por eso -al no haber descendientes de su matrimonio-,su esposo la hereda.
Saludos !!
 #513630  por antihique
 
BIENES GANANCIALES Y PROPIOS.
Los bienes gananciales son los bienes que forman parte de la “sociedad conyugal”, o sea los bienes que se adquieren mientras el fallecido haya estado casado.
• El cónyuge que sobrevive al otro recibirá la mitad de los bienes como parte de la sociedad conyugal, no como heredera/o. Y la totalidad, o sea el 100% si no hay descendientes ni ascendientes (ni hijos ni padres del fallecido).
• Si hay hijos la otra mitad se divide entre la cantidad de hijos por partes iguales.
• Si no hay hijos pero sobreviven los padres del difunto, reciben el 50% de la herencia cada uno, o si vive solo uno de ellos recibe la totalidad.
• Si existen cónyuge y ascendientes, recibe el cónyuge el 50% como socio de la “sociedad conyugal” y el otro 50% se dividen en partes iguales entre los ascendientes y el cónyuge.
Los bienes propios son los bienes que poseen cada cónyuge antes del matrimonio, o los recibidos como legado o donación aún después del matrimonio.
• Si hay hijos y cónyuge sobreviviente heredan todos por partes iguales.
• Si hay cónyuge y padres del difunto heredan el cónyuge el 50% y la otra mitad los padres.
• Si no hay cónyuge pero hay hijos y ascendientes, reciben la totalidad los hijos.
• Cuando no hay ni ascendientes ni descendientes ni cónyuge del fallecido, lo heredan su hermanos, si los hay, sino sus tíos y sobrinos, y si no los tiene sus primos