Buenas tardes colegas, queria hacerles un par de consultas acerca de una caso que tengo recientemente. El asunto es asi: mi cliente cancelo una deuda que tenia con una compañia financiera, la cual le inicio un cobro ejecutivo a travez de un estudio Juridico apoderado de la Compañia financiera Acreedora.
Ahora bien, una vez cancelada la deuda, se levantaron las cautelares en el expte ( concretamente, un embargo de sueldo) y se presento en el carta de pago.-
PERO MI CLIENTE AUN CONTINUA FIGURANDO EN VERAZ, CON TODAS LAS CONSECUENCIAS NEGATIVAS QUE ELLO TRAE APAREJADO.
Preguntas:
1.- Tengo que interpelar previamente al estudio que intervino a que efectue las acciones pertinentes para que mi cliente sea desafectado de la base de Veraz, o se sobreentiende que esa es una obligacion accesoria a la recepcion del pago y si no la cumplieron hasta entonces ya puedo accionar por Daños y Perjuicios?
2.- Si el Estudio efectuo estas acciones, y Veraz aun no actualizo su base de datos...Que tiempo existe o se considera "prudente" esperar desde que se informo el abono la deuda hasta que Veraz definitivamente regulariza la situacion de un deudor en su base de datos? Estuve buscando jurisprudencia al respecto y no encontre nada...
Mi idea es llevarlos a mediacion, sea al Estudio o a Veraz o a ambos, y luego que se adjudiquen las responsabilidades entre ellos, pero tampoco me gustaria que una "interpelacion previa" les diera la posibilidad de hacer lo que no hicieron hasta entonces... Esto se abono en Diciembre de 2009 y a la fecha no se actualizo la situacion de mi cliente.
Desde ya, gracias a quien pueda darme una orientacion al respecto.-
Atte
Ahora bien, una vez cancelada la deuda, se levantaron las cautelares en el expte ( concretamente, un embargo de sueldo) y se presento en el carta de pago.-
PERO MI CLIENTE AUN CONTINUA FIGURANDO EN VERAZ, CON TODAS LAS CONSECUENCIAS NEGATIVAS QUE ELLO TRAE APAREJADO.
Preguntas:
1.- Tengo que interpelar previamente al estudio que intervino a que efectue las acciones pertinentes para que mi cliente sea desafectado de la base de Veraz, o se sobreentiende que esa es una obligacion accesoria a la recepcion del pago y si no la cumplieron hasta entonces ya puedo accionar por Daños y Perjuicios?
2.- Si el Estudio efectuo estas acciones, y Veraz aun no actualizo su base de datos...Que tiempo existe o se considera "prudente" esperar desde que se informo el abono la deuda hasta que Veraz definitivamente regulariza la situacion de un deudor en su base de datos? Estuve buscando jurisprudencia al respecto y no encontre nada...
Mi idea es llevarlos a mediacion, sea al Estudio o a Veraz o a ambos, y luego que se adjudiquen las responsabilidades entre ellos, pero tampoco me gustaria que una "interpelacion previa" les diera la posibilidad de hacer lo que no hicieron hasta entonces... Esto se abono en Diciembre de 2009 y a la fecha no se actualizo la situacion de mi cliente.
Desde ya, gracias a quien pueda darme una orientacion al respecto.-
Atte
"Todos somos ignorantes. Pero no todos ignoramos lo mismo" (Albert Einstein)
