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  • TIEMPO DE "LIMPIEZA" EN BASE DE DATOS VERAZ

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 #509916  por LauraS
 
Buenas tardes colegas, queria hacerles un par de consultas acerca de una caso que tengo recientemente. El asunto es asi: mi cliente cancelo una deuda que tenia con una compañia financiera, la cual le inicio un cobro ejecutivo a travez de un estudio Juridico apoderado de la Compañia financiera Acreedora.
Ahora bien, una vez cancelada la deuda, se levantaron las cautelares en el expte ( concretamente, un embargo de sueldo) y se presento en el carta de pago.-
PERO MI CLIENTE AUN CONTINUA FIGURANDO EN VERAZ, CON TODAS LAS CONSECUENCIAS NEGATIVAS QUE ELLO TRAE APAREJADO.

Preguntas:

1.- Tengo que interpelar previamente al estudio que intervino a que efectue las acciones pertinentes para que mi cliente sea desafectado de la base de Veraz, o se sobreentiende que esa es una obligacion accesoria a la recepcion del pago y si no la cumplieron hasta entonces ya puedo accionar por Daños y Perjuicios?

2.- Si el Estudio efectuo estas acciones, y Veraz aun no actualizo su base de datos...Que tiempo existe o se considera "prudente" esperar desde que se informo el abono la deuda hasta que Veraz definitivamente regulariza la situacion de un deudor en su base de datos? Estuve buscando jurisprudencia al respecto y no encontre nada...

Mi idea es llevarlos a mediacion, sea al Estudio o a Veraz o a ambos, y luego que se adjudiquen las responsabilidades entre ellos, pero tampoco me gustaria que una "interpelacion previa" les diera la posibilidad de hacer lo que no hicieron hasta entonces... Esto se abono en Diciembre de 2009 y a la fecha no se actualizo la situacion de mi cliente.

Desde ya, gracias a quien pueda darme una orientacion al respecto.-

Atte
 #509953  por antihique
 
no me parece que contra quien tiene que accionar es contra quien lo demando la compañia financiera porque tu cliente no tiene relacion con el estudio de abogdos y te pueden excepcionar por falta de legitimacion pasiva.
el veraz si no lo realizo le incumplio a la cia fianciera .asi que creo que podes ir contra ellos
Ahora el tema ds y pjs es medio de riesgo proque solo han transcurrido 90 dias desde que pago,los juzgados esttuvieron de feria,me parece muy osado el ds y pjs
Ademas tenes que demostrar muy bien en que se vio perjudicado tu cliente ,no es el solo hecho de figurar en el veraz hay que ver probar que pejuicio le acarreo en estos 60 dias y no digo 90 porque hay un tiempo logico de tramitacion enterna entre los abogados,y a cia y luego entre esta y el veraz.Analiza bien el caso
Yo solo reclamaria que sea sacado del veraz
Los ds y ps estas muy muy en el borde de no tener nada que te ampare anliza bien
 #513673  por matei84
 
Hola LauraS

Mi experiencia es por una caso similar en donde la persona había cancelado la deuda que tenia con un banco y el estudio jco.que intervino no había enviado la cancelación y ya habia pasado un año.
Enviamos entonces una fotocopia a VERAZ de la cancelación.Hecho esto mi cliente seguía figurando; y en Veraz me dijeron QUE ELLOS INFORMAN DOS AÑOS PARA ATRAS LA SITUACION DE LA PERSONA AUN CUANDO HAYA CANCELADO.
Es decir que pasados dos años desde la fecha de cancelación , lo sacaron de VERAZ sin mas tramite.
Saludos