hola estimados colegas les tengo una consulta? En un juicio por escrituracion donde el boleto de compraventa debió firmarse hace tres años. Los daños y Perjuicios comienzan a contarse a partir de la fecha en que figuraba en el boleto que se debia hacer la escritura? O sea les explico mejor el boleto fue hecho el 7 de marzo del 2007 y estipulaba que en un plazo de 6 meses se otorgaria la escritura (7 de setiembre de 2007). Mi duda es los daños y perjucios comienzan a contarse a partir del 7 de setiembre de 2007 o a partir desde que yo mande la carta documento intimando a escriturar al vendedor que fue el día ( 2 de febrero del 2010)?
DESDE YA MUCHAS GRACIAS!
CARLOS.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS!
CARLOS.
