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  • tracto abreviado provincia buenos aires

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 #506173  por juani1
 
Hola: Queria saber cuales son los pasos a seguir para vender un inmueble por tracto abreviado en una sucesion que tramita en provincia de buenos aires, y especialmente, si es requisito presentar informe de inhibicion de los HEREDEROS. Que legislacion rige este procedimiento? gracias
 #506217  por SILVESTRE
 
Que tal? para vender por tracto abreviado los informes de anotaciones personales de los herederos los pedira el escribano al momento de protocolizar el expte. y otorgar asi la escritura a favor del comprador.-
La sucesion tramita igual que si fueras a inscribir la DH, solo que en vez de solicitar la inscripcion pedis se inscriba por tracto abreviado, designas escribano y pedis prestamo.-
Cualquier consulta estudiotorniniarrobayahoo.com.ar, suerte!
 #506354  por juani1
 
Gracias por la respuesta, el tema es que tengo uno de los herederos con deuda por sacar una moto en cuotas y no pudo cumplir con las cuotas,ademas de deudas con la tarjeta de credita. este heredero ya esta incluido en la sucesion, estuve viendo maneras para que no tenga que afrontar ahora con esa deuda pero no le encuentrp mucha solucion. pense en una cesion de derechos o abdicacion de los derechos adquiridos. recien estoy recibido y la verdad no tengo mucha practica, si alguien me puede ayudar lo agradeceria. saludos
 #506366  por sole10
 
juani1 escribió:Gracias por la respuesta, el tema es que tengo uno de los herederos con deuda por sacar una moto en cuotas y no pudo cumplir con las cuotas,ademas de deudas con la tarjeta de credita. este heredero ya esta incluido en la sucesion, estuve viendo maneras para que no tenga que afrontar ahora con esa deuda pero no le encuentrp mucha solucion. pense en una cesion de derechos o abdicacion de los derechos adquiridos. recien estoy recibido y la verdad no tengo mucha practica, si alguien me puede ayudar lo agradeceria. saludos
Si el heredero deudor no tiene trabada una inhibición general de bienes en el Registro de la Propiedad Inmueble,no hay mayores problemas para hacer la operación de venta por tracto.
¿Averiguaste en el Registro?
 #506382  por SILVESTRE
 
juani1 escribió:Gracias por la respuesta, el tema es que tengo uno de los herederos con deuda por sacar una moto en cuotas y no pudo cumplir con las cuotas,ademas de deudas con la tarjeta de credita. este heredero ya esta incluido en la sucesion, estuve viendo maneras para que no tenga que afrontar ahora con esa deuda pero no le encuentrp mucha solucion. pense en una cesion de derechos o abdicacion de los derechos adquiridos. recien estoy recibido y la verdad no tengo mucha practica, si alguien me puede ayudar lo agradeceria. saludos


Hola. como te comenta la colega sole 10, pedite en el registro de la prop. inmueble un informe de anotaciones personales, si ahi surge que no esta inhibido BINGO!!! podes meterle para adelante.- SUERTE
 #506869  por juani1
 
Gracias por sus respuestas. Lo que pensaba es pedir un informe de inhibicion, en el caso de que no este inhibida voy a hacer una cesion de derecho hereditarios porque, todavia ni siquiera hay declaratoria de herederos y entre que salga y que se consiga comprador va a pasar un tiempo sustancial. de este modo me evito que al momento de vender (que puede ser dentro de 2 años o mas) se tenga que pedir un informe de inhib a nombre de este heredero y salte que ya lo inhib y me trave absolutamente toda la operacion, porque lo que tengo entendido es que si un hered esta inhib o embarg hasta que no se levanten los mismos no se puede vender el bien objeto de la sucesion. Estoy en lo correcto? que les parece? hay alguna posibilidad que el cesionario se vea perjudicado a futuro, se que las hay si comprueban su mala fe, en la realidad se dan estos casos? Escucho sus sugerencias.
 #506875  por sole10
 
juani1 escribió:Gracias por sus respuestas. Lo que pensaba es pedir un informe de inhibicion, en el caso de que no este inhibida voy a hacer una cesion de derecho hereditarios porque, todavia ni siquiera hay declaratoria de herederos y entre que salga y que se consiga comprador va a pasar un tiempo sustancial. de este modo me evito que al momento de vender (que puede ser dentro de 2 años o mas) se tenga que pedir un informe de inhib a nombre de este heredero y salte que ya lo inhib y me trave absolutamente toda la operacion, porque lo que tengo entendido es que si un hered esta inhib o embarg hasta que no se levanten los mismos no se puede vender el bien objeto de la sucesion. Estoy en lo correcto? que les parece? hay alguna posibilidad que el cesionario se vea perjudicado a futuro, se que las hay si comprueban su mala fe, en la realidad se dan estos casos? Escucho sus sugerencias.
El hecho de que un heredero estè inhibido o embargado,no es obstàculo para hacer la venta;lo que sì,no puede disponer de su parte que le serà retenida para pagarle a sus acreedores.
Respecto de los actos,se reputan hechos de buena fè,quien manifieste lo contrario,deberà probarlo.
 #514536  por toto562
 
Ya que hablamos de sucesion por tracto abraviado se me presento el siguiente tema:

juan, pedro y damian ( herederos con declaratoria y orden de inscripción de la misma) venden por boleto de compra- venta un inmueble a Josefa

Pasa un tiempo, Juan Fallece, Josefa quiere escriturar por tracto abreviado, se puede??
 #540102  por comandante
 
Por favor necesitaría que alguno me explique paso por paso como para el jardin de infantes como debo tramitar un tracto abreviado. Ya estoy a punto de obtener la DH. Una vez que salga ¿Que hago?.