Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SUCESION URGENTE!!!!! PARTICION

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #506277  por adrianne
 
Los conyuges (tia-tio) hacen testamento el 08 de julio, de 1996. NO TIENEN DESCENDIENTES

Hacen el mismo dia dos testamentos identicos nombrando como únicos herederos a sus 4 sobrinos.

LA TIA FALLECE el 16 de septiembre de 2005

EL TIO fallece el 06 de octubre de 2007

Y UNA DE LAS HEREDERAS FALLECE ,11 de Agosto de 2006 (esta casada y su madre viva)

LOS BIENES SON TODOS GANANCIALES.

YO HICE EL CALCULO ASI :

DIJE Q DEL 50% DE LA TIA LO HEREDABAN LOS 4 SOBRINOS PORQUE FIJATE LAS FECHAS LA SOBRINA MUERE ANTES Q EL TIO PERO DESPUES Q LA TIA.NO INCLUI EN EL CALCULO AL TIO . Y AHI ESTA LA DISCUSION CON LOS SOBRINOS SI SE DEBE INCLUIR O NO AL TIO HABIENDO TESTAMENTO DONDE NO ESTA INCLUIDO EL CONYUGE *leo* .

CUANDO FALLECE EL TIO se hacen las dos sucesiones. LA SUCESION DE LA SOBRINA ESTA HECHA.

LA PARTE DE LA SOBRINA SE DIVIDE ENTRE su MADRE Y su CONYUGE.


Y DESPUES DIJE Q DEL 50% DEL TIO LO HEREDABAN LOS SOBRINOS Q QUEDABAN VIVOS. GRACIASSSS!!!! ADRI
 #506966  por antihique
 
me parece que tene s un poco enredada la cuestion por eso te cuesta resolver

primero lo que es por testamneto es por testamneto y dira el testamento que le deja a maria,luis,pedro y sofia(los sobrinos) su partede bienes y no importa quien se muera o no de los sobrinos hay testamento expreso.
Los bienes del matrimonio son 50% de cada conyuge por integrar una sociedad LA SOCIEDAD CONYUGAL
Al fallecimiento de un de ellos el conyuge vivo se queda con su 50% por ser socio ,en el otro 50% del fallecido tenes que ver el testamento y leer en el Codgo Civil quienes son heredros forsozos y en que proporcion y cotejar eso y el testamento.
Y tenes que ver el testamento ssi dice que en caso de fallecimiento de alguno de los declarados herederos testamentarios esa porcio se dividira en los otros sobrevievientes.Si no es asi entonces heredan los 4 sobrinos
En el caso de la sobrina los bienes que van a sucesion son bienes propios y entonces los biens propios son 50% par madre y 50% para esposo,los bienes que adquirio en el matrimonio son gananciales y corresponde el 50% al marido como socio

te mando esto que te sea util

CÓMO SE DESIGNA A LOS HEREDEROS?
Los herederos son designados por la ley o por testamento. Nuestro país admite las dos formas.
Los designados por la ley: son a) herederos forzosos a saber hijos, cónyuge o padres del fallecido. Estos no pueden ser privados de la herencia mediante un testamento.
b) herederos no forzosos Cuando no hay herederos forzosos ni testamentarios, son los parientes del fallecido hasta el cuarto grado, a saber hermanos, sobrinos, tíos y primos.
Los designados por testamento: son los herederos testamentarios aquellos herederos instituidos por la persona en vida, o puede nombrar legatarios, lo que se produce cuando el testador le deja un legado, un bien determinado.
¿PUEDE EL TESTADOR DISPONER DE TODO SU PATRIMONIO?
El testador puede solamente disponer del porcentaje que indica la ley sin afectar la legítima, esto es la parte de los bienes que le corresponden por ley a los herederos forzosos.
Por lo tanto en caso de existir: a) descendientes (o sea hijos del fallecido), el testador sólo puede disponer para los herederos testamentarios, del 20% del patrimonio relicto.
b) ascendientes o sea ambos padres del difunto o solo uno de ellos, el testamento puede abarcar hasta el 33,4%
c) cónyuge, el testador dispone del 50%.
d) herederos no forzosos, el testamento puede incluir la totalidad de los bienes de la herencia.
BIENES GANANCIALES Y PROPIOS.
Los bienes gananciales son los bienes que forman parte de la “sociedad conyugal”, o sea los bienes que se adquieren mientras el fallecido haya estado casado.
• El cónyuge que sobrevive al otro recibirá la mitad de los bienes como parte de la sociedad conyugal, no como heredera/o. Y la totalidad, o sea el 100% si no hay descendientes ni ascendientes (ni hijos ni padres del fallecido).
• Si hay hijos la otra mitad se divide entre la cantidad de hijos por partes iguales.
• Si no hay hijos pero sobreviven los padres del difunto, reciben el 50% de la herencia cada uno, o si vive solo uno de ellos recibe la totalidad.
• Si existen cónyuge y ascendientes, recibe el cónyuge el 50% como socio de la “sociedad conyugal” y el otro 50% se dividen en partes iguales entre los ascendientes y el cónyuge.
Los bienes propios son los bienes que poseen cada cónyuge antes del matrimonio, o los recibidos como legado o donación aún después del matrimonio.
• Si hay hijos y cónyuge sobreviviente heredan todos por partes iguales.
• Si hay cónyuge y padres del difunto heredan el cónyuge el 50% y la otra mitad los padres.
• Si no hay cónyuge pero hay hijos y ascendientes, reciben la totalidad los hijos.
• Cuando no hay ni ascendientes ni descendientes ni cónyuge del fallecido, lo heredan su hermanos, si los hay, sino sus tíos y sobrinos, y si no los tiene sus primos
 #507009  por abogado1987
 
adrianne escribió:Gracias!!! pero me estan volviendo loca! a ver si aclaro el panorama .

Los conyuges (tia-tio) hacen testamento el 08 de julio, de 1996.

Hacen el mismo dia dos testamentos identicos nombrando como únicos herederos a sus 4 sobrinos.

LA TIA FALLECE el 16 de septiembre de 2005

EL TIO fallece el 06 de octubre de 2007

NO TIENEN DESCENDIENTES

Y UNA DE LAS HEREDERAS FALLECE ,11 de Agosto de 2006 (esta casada y su madre viva)

LOS BIENES SON TODOS GANANCIALES.

EL PROBLEMA Q LOS SOBRINOS VIVOS QUIEREN Q EL CONYUGE DE LA SOBRINA MUERTA SE LLEVE LO MENOS POSIBLE.

MI DUDA ES PORQUE YO HICE EL CALCULO ASI

DIJE Q DEL 50% DE LA TIA LO HEREDABAN LOS 4 SOBRINOS PORQUE FIJATE LAS FECHAS LA SOBRINA MUERE ANTES Q EL TIO PERO DESPUES Q LA TIA.

NO SE HIZO SUCESION DE LA TIA EN SU MOMENTO SE HIZO CUANDO FALLECE EL TIO . LA SUCESION DE LA SOBRINA ESTA HECHA.

LA PARTE DE LA SOBRINA SE DIVIDE ENTRE LA MADRE Y EL CONYUGE.

NO INCLUI EN EL CALCULO AL TIO PORQUE PARA MI NO HEREDA, TAMPOCO ESTA INCLUIDO EN EL TESTAMENTO .

Y AHI ESTA LA DISCUSION CON LOS SOBRINOS .

Y DESPUES DIJE Q DEL 50% DEL TIO LO HEREDABAN LOS SOBRINOS Q QUEDABAN VIVOS
Adrianne, exponés "... Los conyuges (tia-tio) hacen testamento el 08 de julio, de 1996..."

en relación "... NO INCLUI EN EL CALCULO AL TIO PORQUE PARA MI NO HEREDA, TAMPOCO ESTA INCLUIDO EN EL TESTAMENTO .
..." tené presente el art 3595 CC

Según el art. 3595, "la legítima de los cónyuges, cuando no
existen descendientes ni ascendientes del difunto, será la mitad
de los bienes de la sucesión del cónyuge muerto, aunque los bienes
de la sucesión sean gananciales".
Esta mitad es sacada tanto de los bienes propios como de la parte
de gananciales que le hubiesen correspondido al difunto.
Por eso, la última parte del art. 3595 habla de "la mitad de los bienes",
aunque los bienes de la sucesión sean gananciales.

Acciones judiciales en el derecho sucesorio
JOSÉ LUIS PÉREZ LASALA, GRACIELA MEDINA