Estimados foristas, necesito consultarles sobre procedimiento de daños y perjuicios civil por accidente de transito. MI duda radica en el tema de la prueba pericial medica, para dictaminar incapacidad de la victima ( actor). Al acompañar el certificado médico que acredita la lesión y la incapacidad de la víctima con motivo del accidente, se ofrece a la vez prueba pericial del medico que lo suscribio al certificado? ( o sea perito de parte), y tambien se pide se ordene un perito de oficio? o no es necesario este ultimo?. Entiendo que al ser una demanda civil, no corresponde que el juzgado ordene una comision medica, pero como es un tema que no manejo, pido quien pueda me de una mano.Desde ya muchas gracias. Saludos.
