me surgio una duda cuando comentaba con un colega un caso
para abrir un sucesorio existe algun tiempo limite? segun tengo registrada en mi cabeza sin fundamento articular del codigo son 20 años, segun mi colega no prescribe nunca, alguien puede aclararme ?
para abrir un sucesorio existe algun tiempo limite? segun tengo registrada en mi cabeza sin fundamento articular del codigo son 20 años, segun mi colega no prescribe nunca, alguien puede aclararme ?
La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio

