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  • CAMBIO DE JURISDICCION

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 #503914  por petitium
 
HOLA FORISTAS SOY CASI NUEVITA EN EL FORO Y EN LA PROFESION , TENGO QUE INICAR UNA SUCESION EN PORVINCIA,
SE QUE LA PRORROGA DE LA MISMA PUEDE OPERAR SIE ESTOY DENTRO D EPROVINCIA POR DISTINTAS JURSIDICCIONES PERO DENTRO DE PROVINCIA PERO EN ESTE CASO HAY ALGUN TRUCO PARA TRASLADAR UNA SUCESION DE PROVINCIA DONDE HAY BS EN PROV, ULTIMO DOMICILIO DEL CAUSANTE EN PROV, PERO DOMICILIO DEL HIJO EN CAPITAL PARA PODERLA HACER EN CAPITAL?
GRACIAS A TODOS
SOY CONTADORA SI NECESITAN ALGO NO DUDEN EN CONSULTARME
SALUDOS
 #503957  por abogado_1987
 
tené presente ...

3284. La jurisdicción sobre la sucesión corresponde a los jueces del lugar del último domicilio del difunto. Ante los jueces de ese lugar deben entablarse:
1º) Las demandas concernientes a los bienes hereditarios, hasta la partición inclusive, cuando son interpuestas por algunos de los sucesores universales contra sus coherederos;
2º) Las demandas relativas a las garantías de los lotes entre los copartícipes, y las que tiendan a la reforma o nulidad de la partición;
3º) Las demandas relativas a la ejecución de las disposiciones del testador, aunque sean a título particular, como sobre la entrega de los legados;
4º) Las acciones personales de los acreedores del difunto, antes de la división de la herencia.