Amigos del Foro, con un colega estamos llevando un accidente de transito, la compañia que debe indemnizar a la lesionada, nos esta solicitando que traslademos que porcentaje cubre la obra social de nuestra clienta, para descontarlo de lo que nos estarian ofreciendo ya q ellos dicen que despues la obra social, les repite los gastos, esto es asi? porque para mi no tiene mucho sentido que nos hagan ese planteo..
por ultimo seria un acuerdo extrajudicial, pero nos dijeron que la plata la depositarian judicialmente, ya que es la hija ( designada curadora) la que tiene que cobrar,.. esto es asi, alguien me tira alguna data... desde mil gracias-
por ultimo seria un acuerdo extrajudicial, pero nos dijeron que la plata la depositarian judicialmente, ya que es la hija ( designada curadora) la que tiene que cobrar,.. esto es asi, alguien me tira alguna data... desde mil gracias-
