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 #503228  por agus1208
 
tengo un cliente que compro un terreno a una heredera.
esta heredera, es nieta del titular registral del terreno y que ya fallecio, como asi tambien la madre de la vendedora, osea hija del titular, como asi tambien su hermano, osea el tio de la vendedora, que no dejo herederos, ya que nunca estuvo casado ni tuvo hijos.
la pregunta es la siguiente, puede el comprador con boleto de compraventa firmado con certificacion de firma iniciar la sucesion?, y si en todo caso la inicia la vendedora, es necesario hacer la sucesion de su madre para que el comprador el dia de mañana pueda escriturar, o solo con acreditar los certificados respectivos de nacimiento y defuncion de cada uno, de los herederos automaticamente la vendedora obtiene la D.H.?
desde ya muchas gracias
 #503234  por kantaclaro
 
Partiendo que la escritura del inmueble en cuestión se encuentra a nombre del ¿abuelo y abuela????, y si las defunciones se dieron de manera cronológica (abuelo -antes o después de la abuela-, luego tío y finalmente madre), sería conveniente para tu cliente que la nieta -vendedora- le ceda los derechos sucesorios de los abuelos respecto el inmueble en cuestión.
De esa forma tu cliente, en carácter de acreedor, realiza el trámite sucesorio (acompañando la cesión), y luego inscribe la DH conjuntamente con ésta. Saludos
 #503241  por cfg
 
La cesión de derechos hereditarios es lo más conveniente, siempre y cuando haya una seguridad de que no existen otros herederos... puesto que si tu cliente resulta cesionario y luego aparecen otros hijos o nietos de los causantes él sólo ocupará el lugar de la cedente... si existen dudas hay que exigir a la nieta a que realice la sucesión y sólo ceda los derechos luego de la declaratoria de herederos.