Tengo que iniciar un juicio por escrituración en CAPITAL por un inmueble situado en PCIA DE BUENOS AIRES y no se si abonar el 3 % sobre el valor fiscal que da rentas o el valor del boleto, además no se si puedo aplicar la reducción del 50% por se un inmueble de extraña jurisdicción. Alguien podria aclararme este tema.?
