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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #495442  por mabelsvoboda
 
Hola tengo una duda respecto de una sra española, que nacio en 1948 e ingreso a nuestro pais en 1953.-desde cuando tengo que contabilazar su etapa laboral.-desde 1948(nacimiento) o desde 1953(ingreso),?
es decir cuando inicio el sicam desde 1966 o desde 1971 ? gracias al que puede ayudarme mabel
 #495446  por soloiure
 
Mabel,
el sicam siempre debe comenzar desde el mes siguiente a aquél en el cual la persona cumple la edad de 18 años, o bien si es extrajera desde la fecha de ingreso al país, siempre lo que sea posterior. Y nunca antes de 01/1955.
En el caso que indicás la persona cumple los 18 años en 1966. Suerte!