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 #494542  por legalmentemorocha
 
Estimados compañeros,

Hace un tiempo me desvinculé del estudio jurídico en el cual trabajaba. Así que decidí, a los fines de salvaguardar mi responsabilidad, renunciar expresamente a todos los casos.

Asi presente la renuncia en algunos, en los cuales se me ordenó notificar "personalmente o por cédula". Atento a que el estudi juridico sigue patrocinando a esos clientes, es necesario? debo notificar al domicilio real o al constituido?

En otro caso, yo renuncie y se me ordena notificar personalmente o por cedula. pero el abogado que trabajaba conmigo tenia poder, y renuncio unos dias despues que yo al poder. Que hago? a quien notifico al abogado o al domicilio del cliente con quien no tuve ningun contacto?

Gracias
 #494675  por kantaclaro
 
Si actuaste en causas como patrocinante, te recomiendo que cumplas en remitirle cédula al domicilio real de los clientes; con copia del escrito de renuncia que presentaras en el expediente. Saludos y suerte
 #494678  por ired
 
Notificá al cliente en su domicilio real