hola, quisiera me saquen una duda....a q se refiere con fecha cierta?...cual es en los contratos?...muchas gracias!
Hola!
fecha cierta sería aquella a partir de la cual sería indubitable la existencia del contrato, independientemente de la fecha puesta en el contrato mismo. El ejemplo típico es: dos personas firman un contrato con fecha 16 de enero (p.ej.) y una de ellas pierde la mano(la diestra, con la que firma siempre) el 3 de febrero de ese mismo año. Entonces, sabés que si o sí el contrato se firmó antes del 3 de febrero, porque posterior no hubiera podido ser porque la persona perdió la mano y no hubiera podido firmar. Por lo tanto, sabés que la fecha cierta es por lo menos anterior al 3 de febrero. Se entiende más o menos?
Hay un art. en el Código Civil que te dice taxstivamente, los supuestos que dan fecha cierta a los contratos. Entre ellas la protocolización del instrumento.
Ojo, porque muchas personas creen que la certificación de copia del instrumento ante notario otorga fecha cierta, pero no es así porque el código no lo prevé. El código habla de protocolización, y la certificación de documentos no es protocolar. Lo mismo pasa con el sellado del banco en los contratos, que la mayoría cree que da fecha cierta, pero no la da. Sí es un indicio muy fuerte para el juez, pero no es fecha cierta en sí.
Espero te sirva.
Saludos!!!
