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 #491625  por Catita_1
 
Dudas, tengo la D.H., en la mensura me dio como valor 140.000, y ya tengo todos los informes para acompañar al expediente.
Son 4 herederos, yo voy por dos, que son los que quieren vender el inmueble. Ahora, presento el escrito acompañando informes, tasa y sobretasa ( abonan 2,2% de $35.000 y el 10% del resultado), solicito regulacion y algo mas me estaria faltando :roll: , Teniendo en cuenta que los otros dos herederos, no se si van a pagar la tasa, ya que no quieren que se venda si no, hacer un condominio, debiera solicitar audiencia para ponernos de acuerdo, cualquier sugerencia sera bienvenida.
Gracias
 #491744  por abogado_1987
 
Catita, tené presente ...

Requisitos para la inscripción de bienes:

1) Debe acompañarse la conformidad expresa de todos los herederos.

2) Se debe acompañar el certificado de inhibiciones del causante (validez 3 meses).

3) Se debe acompañar certificado de dominio del bien (validez 3 meses).

4) Se debe acompañar la Valuación fiscal del año en curso expedida por la Dirección Territorial de Catastro de la Pcia. de Bs. As. A los fines regulatorios y pago de la Tasa de Justicia.

5) Deberá denunciarse las proporciones correspondientes a cada heredero en números fraccionados.

6) Se debe acompañar la declaración jurada de bienes.

7) Debe estar cumplido el art. 21 de la ley 6716 (aportes) y manifestar la percepción de honorarios o conformidad con la inscripción.

8 ) Debe estar abonada la tasa de justicia (2,2%), sobre la parte que se transmite y sobretasa (10%)

http://www.jciv3sanmartin.com.ar/info_t.php?id=12
 #491973  por Catita_1
 
*flor* Gracias *flor*
 #491982  por pol197619
 
Recorda que el 2.2% lo pagas respecto a la valuacion fiscal -pero incrementada en un 10% por bienes muebles-. Valuacion de 100.000. Se paga el 2.2% de 110.000. Respecto al numero que te dé, pagas el 10% en concepto de sobretasa.

Cuando pido el auto de inscripcion, generalmente lo hago con la firma de uno de los herederos y no tengo inconveniente. Una vez que tenes el auto de inscripcion, prestas conformidad por la percepcion de honorarios, se acredita el pago de aportes y te quedó el camino libre para el tracto abreviado o para inscribir a nombre de los herederos. Si no hay acuerdo pedis audiencia a los efectos de llegar a un acuerdo con la particion. Generalmente se soluciona ahi, porque a nadie le conviene que el inmueble se remate.
 #492054  por Catita_1
 
Gracias Pol, muy clara tu explicacion.
 #493353  por brujasis69
 
hola gente estaba leyendo y me genero una duda,que pasa en provincia _caso que tengo que resolver, son 4 herederos, hace 2 años que 3 herederos usan la casa a gusto y piacere, y no tienen intencion de vender.- yo voy por el cliente que quiere vender- pregunta se pide audiencia, (he hablado con la abogada de la otra parte y dice que no venden) -Que otro camino se puede tomar en el expte
gracias