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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #492704  por carmelos
 
Hola foristas, soy nuevo en el tema y quería consultarles si podían ayudarme con este SICAM que estaba preparando:
Se trata de una mujer que nació el 27/10/1947 (hoy tiene 62 años y 2 meses) y trabajó 6 años y 2 meses bajo relación de dependencia. Este período bajo RRDD no figura completo en la sábana que le entregaron en Anses, pero tiene una Certificación de Servicios que le entregaron en la empresa, en al año 2009, y donde aparece todo el detalle. No tiene aportes como autónoma ni en monotributo. El número que usa es de CUIL y no de CUIT.
En función de los períodos más caros y los más económicos cargué el SICAM I de la siguiente manera:
11/1965 a 10/1971 cod. 307
01/1978 a 09/1980 art. 3 ley 24476
10/1980 a 03/1984 cod. 307
04/1984 a 06/1985 art. 3 ley 24476
07/1985 a 09/1993 cod. 307
(los 4 años de DDJJ los usé porque pensaba comprar el resto de los meses por SDM)
Exceso de edad: 13 meses (26 dividido por 2)
Por SDM: 12 meses (04/2000 a 03/2001)

La cuenta me daría así:
Bajo RRDD: 6 años y 2 meses
Por SICAM: 17 años y 9 meses
Por DDJJ: 4 años
Exceso de edad: 13 meses
Por SDM: 12 meses (20+23, por form. 102 y 575 de cada mes, poniendo en el 102 que trabajaba de 6 a 12 hs. semanales, y en el 575 marcando que es por diferencia de contribuciones).
Total: 30 años.

Alguien me podría decir si estos cálculos y los procedimientos están bien rumbeados? Lo agradecería mucho. Si hace falta algún dato adicional, no hay problema.
Ah, algunas dudas más. También tiene 1 año y 6 meses trabajados en otra empresa (del 08/1966 al 01/1968), pero en la sábana de Anses no hay nada de aportes sobre ese empleo que tuvo. Tiene una Certificación de Servicios que le dieron en esta empresa, también en 2009, pero no sé si se lo reconocerían así que lo dejé de lado en la cuenta. Además porque ella no tendría ganas si tuviera que esperar a que le hagan un Reconocimiento de Servicios en Anses. Está bien que no lo incluya como RRDD y lo compre por SICAM?
Leí por ahí que haría falta una vinculación entre la cuenta de Anses y la de AFIP para que los datos se puedan cargar bien al sistema SICAM. Si eso fuera cierto, es imprescindible?
Sobre el período que queda fuera de la moratoria: es necesario renunciar a esos meses posteriores a 09/1993 por el art. 1 de la ley 23.521? Eso tiene relación con la compra de meses por SDM?
En cuanto al tema intereses, tendría que aclararle que se los pueden reclamar el día de mañana?
Y una última cosa: los formularios a presentar ante Anses, de SICAM así como los del pago del SDM, van con copias o solamente alcanza con los originales?
De nuevo, muchas gracias por su tiempo. Éxitos para el año que todavía está empezando.