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 #492431  por VER
 
Hola a todos: una consulta...
En el caso se trata de una sucesión entre colaterales.
Una de las hermanas del causante pre muerta, tenía dos hijos (juan y carlos), Juan tambien premuerto, tenía 3 hijos.
Mi consulta es la siguiente: pueden los hijos de juan iniciar la sucesión en representación sin el consentimiento de Carlos y citarlo a este conjuntamente con los restantes coherederos???
O, en el caso de representación deben presentarse todos juntos???
Gracias.
 #492566  por Rubito
 
Hola: Puede promover la demanda cualquiera de los herederos, ni siquiera hace falta que denuncie a los otros, en este caso cualquiera de los herederos por representación pueden hacerlo , ni tampoco hace falta el consentimiento de los demás, a veces ( pcia de santa fe), antes de dictar declaratoria, el agente fiscal solicita que se denuncie si existen otros coherederos, entonces amplias la demanda y lo haces, no necesitas el poder de estos para realizar ese acto, y tambien acordate que la declaratoria de herederos se dicta sin perjuicio de terceros, justamente para que el omitido puede hacer valer sus derechos posteriormente, tené presente que se publican edictos haciendo público el juicio. Espero haberte sido de ayuda.
 #492567  por Rubito
 
Hola: Puede promover la demanda cualquiera de los herederos, ni siquiera hace falta que denuncie a los otros, en este caso cualquiera de los herederos por representación pueden hacerlo , ni tampoco hace falta el consentimiento de los demás, a veces ( pcia de santa fe), antes de dictar declaratoria, el agente fiscal solicita que se denuncie si existen otros coherederos, entonces amplias la demanda y lo haces, no necesitas el poder de estos para realizar ese acto, y tambien acordate que la declaratoria de herederos se dicta sin perjuicio de terceros, justamente para que el omitido puede hacer valer sus derechos posteriormente, tené presente que se publican edictos haciendo público el juicio. Espero haberte sido de ayuda.