Hola foristas!!! feliz feria
desconozco de un tema necesito la opinion de uds.
Llevo el reclamo por un accidente en la via publica contra el frentista por responsabilidad objetiva del dueño o guardian de la cosa 8 accidente en via publica).
Armando el acuerdo en mediacion privada y casi con la firma el requerido quiere imponer una clausula donde mi cliente manifieste que no percibio nada de la ART o incluso que no tiene ART. sabe que si tiene trabaj en blanco como corresponde.
¿que relacion tiene la asistencia de su art con el reclamo por daño civil emergente y moral?
Mi cliente se accidento cuando iba a trabajar en la via publica por un objeto colocado antireglamentariamente por un frentista en su vereda en pleno centro. al accidentarse aviso a su empleador y este denuncio el hecho a su ART y percibio por 3 dias las prestaciones en especie (atencion medica y medicacion)
nosotros le reclamamos al frentista por accion civil art 1113 cc por el daño emergente, moral, etc. nada tiene que ver con la relacion laboral no accede a retirar la clausula del acuerdo argumentando que teme despues que la art le repita a el los gastos de atencion medica. ¿Es factible esto?
¿como seria la cuestion? debo citar a la art si es un reclamo civil por responsabilad objetiva?
¿Alguien tuvo un caso similar para ayudarme? o jurisprudencia?
Gracias por la soga
Cariños
Leti
desconozco de un tema necesito la opinion de uds.
Llevo el reclamo por un accidente en la via publica contra el frentista por responsabilidad objetiva del dueño o guardian de la cosa 8 accidente en via publica).
Armando el acuerdo en mediacion privada y casi con la firma el requerido quiere imponer una clausula donde mi cliente manifieste que no percibio nada de la ART o incluso que no tiene ART. sabe que si tiene trabaj en blanco como corresponde.
¿que relacion tiene la asistencia de su art con el reclamo por daño civil emergente y moral?
Mi cliente se accidento cuando iba a trabajar en la via publica por un objeto colocado antireglamentariamente por un frentista en su vereda en pleno centro. al accidentarse aviso a su empleador y este denuncio el hecho a su ART y percibio por 3 dias las prestaciones en especie (atencion medica y medicacion)
nosotros le reclamamos al frentista por accion civil art 1113 cc por el daño emergente, moral, etc. nada tiene que ver con la relacion laboral no accede a retirar la clausula del acuerdo argumentando que teme despues que la art le repita a el los gastos de atencion medica. ¿Es factible esto?
¿como seria la cuestion? debo citar a la art si es un reclamo civil por responsabilad objetiva?
¿Alguien tuvo un caso similar para ayudarme? o jurisprudencia?
Gracias por la soga
Cariños
Leti
