Hola Chicos aca les adjunto un modelo espero que les sirva
Al Sr.
Gerente de UDAI LINIERS
Administración Nac. de la Seg. Social
................, abogada, , en mi carácter de apoderada de la Sra. .........................., constituyendo domicilio procesal y especial en calle ..............., CABA, respetuosamente digo:
Personería:
El poder se encuentra anexado en el expte nro. ....................
1. Objeto:
Vengo por la presente en legal tiempo y forma a interponer Recurso de Revisión ante la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social, en contra de la Resolución denegatoria RCF-C 01655/09 de fecha 04/09/09, Registrada en el Libro de Protocolo de Resoluciones de la UDAI LINIERS Tomo 1, Folio 67, dictada por el Gerente de ANSES UDAI LINIERS, por medio de la cual desestima el derecho de la pensión directa a mi mandante por los aportes que hubiere realizado su marido Don Poli Domingo.-
2. Hechos:
Con fecha 27/06/2009 se realiza una liquidación Nro. 3 de SICAM de plan de facilidades ley 24476 la cual regulariza 19 años 7 meses con aportes, y arroja una deuda de $ $12,486.05, la cual es abonada en cuotas (cuya primer cuota de $ 204.66 se abono con fecha 21/08/2009).-
Que la Udai de referencia recepciono el expediente con fecha 24/8/2009, y lo denegó porque el titular debe registrar afiliación en el régimen de trabajadores del sistema de autónomo.
Que vengo a interponer recurso de consideración ante esta instancia citando precedentes de esta misma Comisión, alegando que la Resolución General A.F.I.P 2017/2006 en el anexo I, punto II, apartado d), establece en referencia a la afiliación como trabajador autónomo, que la adhesión al régimen de regulación voluntad se realizara únicamente mediante el sistema informático denominando SICAM , que opera a través de la red de Internet y se encuentra disponible en la pagina Web institucional de la Administración Federal de Ingresos Públicos, por ello al momento de formular el SICAM produjo la afiliación a la cual hace referencia la Resolución Anses 319/07, ya que la misma no establece como requisito un tiempo determinado de antigüedad en la afiliación, habiendo la AFIP normado la adhesión el sistema informático SICAM-
Que en el presente caso el titular adhirió al régimen de regulación voluntaria, efectivizando su afiliación como trabajador autónomos, conforme las normas emitidas por la AFIP.
Que en el presente caso el titular se afilio como trabajador autónomo al adherirse al plan de facilidades de pago.
3. Resolución Denegatoria.
3.1. Arbitrariedad de la Resolución.
La resolución aquí recurrida, debe ser revocada, desde que la misma, se encuentra fundada en normas jurídicas que no son aplicables al caso, configurando así un supuesto de arbitrariedad, dado que surge a todas luces que se encuentra mal denegado el expediente de pensión de mi mandante.
Que en razón de ello y a merito de los términos del art. 5 de la ley 24476 es que a través del plan de regularización de deudas a quienes no se encontraban afiliados históricamente, han tenido la posibilidad de adherirse a dichos planes, denunciando 30 años de servicios, accediendo a la prestación jubilatoria.
Que dentro de este marco interpretativo precedentemente cabe señalar que no existe reparo legal alguno para computar el lapso en cuestion razón por la cual corresponde revocar por contrario imperio la resolución recurrida.
Jurisprudencia aplicable: CARSS 22358/08: Derechohabientes de causantes no afiliados. Posibilidad de acogerse a la moratoria de la ley 24.476 por los años necesarios para completar los 30 o los 15 con aportes para ser afiliados regulares o irregulares con derecho sin pedir la aplicación del art. 3°, ni la prescripción, ni el art. 1° de la ley 25.321.
5. Prueba: De las constancias de autos, surge en evidencia el derecho que le asiste a mi mandante
6. Petitorio: Por lo anteriormente expuesto solicito:
6.1. Que se tenga por interpuesto en tiempo y forma Recurso o de Reconsideración ante la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social.
6.2. Que se tenga por constituido domicilio procesal y especial a todos los efectos legales.-
6.3. Que se Revoque por contrario imperio la resolución impugnada
6.4. Que se le conceda a mi mandante derecho a la pensión que le asiste.-