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  • daños y perjuicios y nueva ley mayoria de edad

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 #484413  por cfg
 
Es la lógica sos mayor hacés lo que querés no tiene la ley que indicar cada cosa que puede hacer un mayor, es mayor... si no tendríamos una ley de 1.000.000 de artículos sólo para la mayoría de edad
 #484858  por Ihering
 
Ley 26579
Modificación Cód. Civ.: Mayoría de Edad, a partir de los 18 años [url][http://www.infoleg.gov.ar/infolegIntern ... /norma.htm]
Sancionada: Diciembre 2 de 2009
Promulgada: Diciembre 21 de 2009
Publicado en: Boletin Oficial el 22 de diciembre de 2oo9; según mi saber y entender, y a tenor de lo prescripto por el art. 2 del Cód. Civ. la norma de referencia entraria en vigencia a partir del 30-12-2009.-
Saludos a todos.-
 #490955  por anacarla
 
Hola necesito ayuda, espero q alguien pueda responderme!!!
Mi pregunta es la siguiente:
En el caso de padres separados,y luego divorciados, el conyugue (el padre en este caso)que mantiene la obligacion de pasar alimentos a la Hija mayor de 18 años y menor de 21 años, con esta modificacion de la ley, debe entregar el dinero de los alimentos a ella directamente ya que es mayor de edad para administrarlo como un derecho propio o debe seguir entregandomelo a mi, q tengo la tenencia de mi hija?
Puedo reclamarle, ya q este mes, el padre no hizo el deposito correspondiente?
Por favor, necesito una pronta respuesta, ya q es 18 de enero y no tengo la cuota de alimentos.
Gracias
 #490989  por Shilton
 
Anaclara, este es un foro de interconsulta entre profesionales. No es un foro de consultas jurídicas gratuitas. Sugiero que consulte con su abogado. Si no tiene uno, en el Colegio Público de Abogados del lugar donde resida le pueden dar una lista de matriculados.
 #491552  por anacarla
 
Perdon, solo en google busque modificacion ley mayoria de edad, y me entre varias me salio esta pagina.

Pense q era para hacer consultas y alguien las respondia, como en muchas paginas q hay existentes en internet.
 #491691  por Shilton
 
Esta página puntualmente es de interconsulta profesiona. Si buscas una de asesoramiento podes probar con ayudalegalonline.com. Tambien podes buscar un abogado; hay muchos que no te cobran la primera consulta. Igualmente, aclara el tema antes para evitar dificultades.
 #509948  por damivilla
 
Hola Colegas!!!! una consulta tengo que iniciar una demanda de Daños y perj,por un accidente de transito que conducia una chica de 18 años, el accidente fue anterior a la reforma por lo tanto considero que se aplica el 1114 aún verdad?!!! gracias por su respuesta!!
 #509962  por cfg
 
damivilla escribió:Hola Colegas!!!! una consulta tengo que iniciar una demanda de Daños y perj,por un accidente de transito que conducia una chica de 18 años, el accidente fue anterior a la reforma por lo tanto considero que se aplica el 1114 aún verdad?!!! gracias por su respuesta!!
Sí, si fue anterior a la reforma los padres podrán ser responsabilizados...