Colegas: me vino a ver un hombre que vendió una propiedad . Hasta ahora solo se firmó boleto de compra venta y aún no se le ha dado la posesion del inmueble al comprador.
Se pago una parte del precio y la parte restante quedó pendiente para la firma de la escritura a realizarse conforme el boleto dentro de los 30 dias posteriores a la firma del mismo.
El tema es que ahora le dicen a mi cliente que hay que esperar para la firma de la escritura porque la dirección de catastro está cerrada.
A mi me parece que él igual debe intimar el pago del precio al cumplirse el plazo de 30 días y no estar a la firma de la escritura para ello, ya que si la compradora nunca se presenta a escriturar no cobraría nunca.
Les transcribo lo que dice el boleto, a ver si me pueden dar una mano:
"LA PRESENTE SE HA PACTADO EN EL PRECIO TOTAL DE ...............POR CUENTA DE CUYO PRECIO LA VENDEDORA RECIBE EN ESTE ACTO.................., SIRVIENDO EL PRESENTE DE SUFICIENTE RECIBO. EL SALDO DE .............SE INTEGRARA AL MOMENTO DE EXTENSION DE LA ESCRITURA, DENTRO DEL PLAZO DE 30 DIAS A PARTIR DE LA SUSCRIPCION DEL PRESENTE BOLETO DE COMPRA VENTA...."
Otra cláusula dice: "SI LAS PARTES NO DIESEN CUMPLIMIENTO A LAS CLAUSULAS PRECEDENTES, LA PERJUDICADA OPTARA POR 1.- DAR POR RESCINDIDA LA OPERACION, 2.- POR EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LO ACORDADO. EN EL PRIMER CASO LA VENDEDORA SE RESERVARA EL IMPORTE PERCIBIDO OCN DESTINO A INDEMNIZACION, DAÑOS Y PERJUICIOS, ASUMIENDO LA LIBRE DISPOSICION DEL INMUEBLE. Y PARA EL CASO DE LA COMPRADORA, EXIGIR EL REINTEGRO DE LAS SUMAS PAGADAS MAS OTRO IMPORTE IGUAL."
Qué opinan?
Se pago una parte del precio y la parte restante quedó pendiente para la firma de la escritura a realizarse conforme el boleto dentro de los 30 dias posteriores a la firma del mismo.
El tema es que ahora le dicen a mi cliente que hay que esperar para la firma de la escritura porque la dirección de catastro está cerrada.
A mi me parece que él igual debe intimar el pago del precio al cumplirse el plazo de 30 días y no estar a la firma de la escritura para ello, ya que si la compradora nunca se presenta a escriturar no cobraría nunca.
Les transcribo lo que dice el boleto, a ver si me pueden dar una mano:
"LA PRESENTE SE HA PACTADO EN EL PRECIO TOTAL DE ...............POR CUENTA DE CUYO PRECIO LA VENDEDORA RECIBE EN ESTE ACTO.................., SIRVIENDO EL PRESENTE DE SUFICIENTE RECIBO. EL SALDO DE .............SE INTEGRARA AL MOMENTO DE EXTENSION DE LA ESCRITURA, DENTRO DEL PLAZO DE 30 DIAS A PARTIR DE LA SUSCRIPCION DEL PRESENTE BOLETO DE COMPRA VENTA...."
Otra cláusula dice: "SI LAS PARTES NO DIESEN CUMPLIMIENTO A LAS CLAUSULAS PRECEDENTES, LA PERJUDICADA OPTARA POR 1.- DAR POR RESCINDIDA LA OPERACION, 2.- POR EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LO ACORDADO. EN EL PRIMER CASO LA VENDEDORA SE RESERVARA EL IMPORTE PERCIBIDO OCN DESTINO A INDEMNIZACION, DAÑOS Y PERJUICIOS, ASUMIENDO LA LIBRE DISPOSICION DEL INMUEBLE. Y PARA EL CASO DE LA COMPRADORA, EXIGIR EL REINTEGRO DE LAS SUMAS PAGADAS MAS OTRO IMPORTE IGUAL."
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LORENSLEGAL
