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  • Poder de representacion

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 #487756  por SilviaS
 
Hola!
Por favor alguien me puede dar una mano. Tengo que iniciar una sucesion en provincia de bs. as. y aqui solo vive uno de los herederos. Hay cuatro mas que estan radicados en EE. UU.
Los que estan en el extranjero no quieren venir por nada al pais pero quieren enviar un poder de representacion para que el heredero que vive aca haga la sucesion y que luego venda las propiedades.
La consulta es: que tengo que decirle a mi cliente que tiene que contener el poder que se va a realizar en EE. UU. para que tenga validez en ARGENTINA y si tengo que cumplir algun tramite de legalizacion en el consulado, como es el mismo.
Una ayudita, plis...
Gracias.
Roxana
 #488566  por Shilton
 
El poder debe ser otorgado con las formalidades que se requiera en el lugar de otorgamiento. Además, para que sea válido en la Argentina, si viene de EEUU, deberá tener la apostilla de la Convención de la Haya de 1961. En EEUU la obtienen en la Secretaría de Estado del estado en que se haya otorgado el documento.
Sugiero que te otorguen a vos un poder judicial, o que el que otorguen al otro heredero tenga facultades de sustiruir. Acordate que no se aplican las facultades de sustituir del CC ya que el poder se rige por la ley de su lugar de otorgamiento, asi que para curarte en salud, que lo diga expresamente.
Además, para la sucesión, tiene que tener facultades expresas para aceptar la herencia.
 #489086  por HectorCarbone
 
Coincido con la opinión del colega que me precede,pero creo que omitió mencionar que en el poder a otorgar al heredero,debe incluirse la facultad de disponer la venta de los bienes resultantes de la herencia.Espero te sirva.Héctor