Mi consulta es la siguiente:
En un plano de mensura de división de parcelas, figura un poligono (con sus medidas y superfice, pero sin designacion catastral) destinado al río (que atraviesa y divide las mismas).
Las parcelas se incriben en el registro de propiedad inmueble.
¿pero, estos bienes destinados al dominio público , no parcelas comunes, sino rios , partes de ruta, espacios publicos, etc...se inscriben en los registros ?
Entiendo que para proceder a la inscripción registral debe tener identificación parcelaria en el Catastro, cosa que no lo tienen.
Y para que constituyan parcelas,, deberian cumplir con los lineamientos urbanisticos , pero ¿correspondería su inscripción?
En un plano de mensura de división de parcelas, figura un poligono (con sus medidas y superfice, pero sin designacion catastral) destinado al río (que atraviesa y divide las mismas).
Las parcelas se incriben en el registro de propiedad inmueble.
¿pero, estos bienes destinados al dominio público , no parcelas comunes, sino rios , partes de ruta, espacios publicos, etc...se inscriben en los registros ?
Entiendo que para proceder a la inscripción registral debe tener identificación parcelaria en el Catastro, cosa que no lo tienen.
Y para que constituyan parcelas,, deberian cumplir con los lineamientos urbanisticos , pero ¿correspondería su inscripción?
