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  • MINORIDAD Y ALIMENTOS

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 #487176  por Motley Crue
 
Amigos:
En virtud a la modificación del Codigo Civil en cuanto a que la mayoria de edad es alcanzado los 18 años, como repercute esto en los reclamos de alimentos?
Solo se puede reclamar hasta los 18 años?

Muchas gracias
 #487178  por Carmen Susana
 
No, si bien la mayoría de edad es a los 18 años, los alimentos se extienden hasta los 21.
 #487257  por Aislin
 
Hola, es como te dicen en el post anterior. Acá te paso el art reformado por la ley: ARTÍCULO 3º - Agrégase como segundo párrafo del artículo 265 del Título III, Sección Segunda del Libro I del Código Civil, el siguiente:
"La obligación de los padres de prestar alimentos a sus hijos, con el alcance establecido en artículo 267, se extiende hasta la edad de veintiún años, salvo que el hijo mayor de edad o el padre, en su caso, acrediten que cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo." Saludos