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  • Urgente! particion judicial

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 #485975  por javi1982
 
Hola! Les escribo porque tenemos el caso de una sucesion en la cual los herederos no se ponen de acuerdo en la particion, por lo que tendriamos que hacerla judicial. Nunca hice una, alguien tendra un modelo para pasarme? Es para una sucesion en provincia de Buenos Aires.
Desde ya muchas gracias!
 #485989  por sole10
 
Para efectuar partición judicial y,no habiendo conformidad entre todos los herederos,corresponde el nombramiento de un partidor de oficio.
En el escrito se debe manifestar las circunstancias que hacen imposible llegar a un acuerdo entre los herederos para efectuar la partición,propiamente dicha;o la imposibilidad de designar a uno de ellos para que cumpla tales funciones,solicitando al juez la designación de uno de la lista oficial.

No será necesaria la designación de partidor cuando la herencia esté formada por dinero,créditos o títulos de renta;en tal caso,los fondos se pueden dividir en base a una simple operación aritmética,basta con la presentación de un escrito sobre la distribución de fondos,con lo cual se evitan gastos de honorarios del partidor.
 #485991  por javi1982
 
Muchas gracias... por algún lado lei que debía ser como una especie de demanda contra los herederos que no logran ponerse de acuerdo, en este caso se trata de un inmueble...
Entonces nada más pongo la causa y solicito que nombre un partidor de oficio?
 #486001  por sole10
 
javi1982 escribió:Muchas gracias... por algún lado lei que debía ser como una especie de demanda contra los herederos que no logran ponerse de acuerdo, en este caso se trata de un inmueble...
Entonces nada más pongo la causa y solicito que nombre un partidor de oficio?
Yo lo he hecho de ese modo,es probable que (previo al nombramiento de un partidor de oficio)el juez llame a los herederos una audiencia a los fines de conciliar una solución o,en su defecto,escuchar los motivos por los cuales no se ponen de acuerdo.
También tu cliente puede proponer la fijación de ésa audiencia a tales efectos,hay que tener en cuenta que el partidor cobrará honorarios por su labor,reduciendo -en perjuicio de todos los herederos-la masa hereditaria que,por lo que decís,se compone de un sólo inmueble.